La nueva esclavitudel comercio de seres humanos versus el cruce ilegal de fronteras en la legislación española

  1. DE MELO PEDROSO, VANESSA ALEXSANDRA
Dirigida por:
  1. Ana Isabel Silva Nicolás Directora

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 23 de abril de 2010

Tribunal:
  1. Araceli Manjón-Cabeza Olmeda Presidenta
  2. María Luisa Marín Castán Secretaria
  3. Francisco Javier Álvarez García Vocal
  4. Paz M. de la Cuesta Aguado Vocal
  5. Nicolás García Rivas Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 111199 DIALNET

Resumen

PEDROSO, Vanessa Alexsandra de Melo. La nueva esclavitud: El comercio de seres humanos versus el cruce ilegal de fronteras en la legislación española. 2010. Tesis doctoral ¿ Departamento de Derecho penal/Facultad de Derecho, Universidad Complutense d e Madrid, España. El objeto de estudio es el análisis de las conductas delictivas de tráfico ilegal e inmigración clandestina de personas tipificadas en el art. 318 bis n 1 del Código penal español, objetivando la identificación de sus significados así como los resultados que promueven esas conductas en la persecución del comercio de personas y del cruce ilegal de fronteras. La metodología utilizada sobre la estructura teórica observó los problemas apuntados a partir del análisis epistemológico de los antecedentes del problema, buscando un paradigma de observación bajo la interferencia de la legislación internacional en el ordenamiento interno, sumado a la investigación por medio del pensamiento lógico. En los resultados se identificaron l as contradicciones o similitudes de las referidas conductas delictivas y los problemas resultantes de lo que dice y de lo que pretendía decir la legislación en cuestión. Apuntando incluso, las dificultades en la aplicación de ese tipo penal para los casos de comercio de personas. Por fin, la primera conclusión a la que se llegó es que el tráfico ilegal no es sinónimo de la inmigración clandestina, ya que como quedó demostrado tales conductas son modalidades del género cruce ilegal de fronteras, es decir, no son sinónimos, pero, persiguen el mismo fin. Sin embargo, la mala redacción legislativa propició la similitud entre los dos tipos penales, ya que dice tráfico ilegal y favorecimiento, facilitación o promoción de la inmigración clandestin a. De esa manera queda el comercio de personas imposibilitado de su persecución a través del art. 318 bis n. 1. PALABRAS CLAVE: NUEVO ESCLAVO; TRÁFICO ILEGAL DE PERSONAS e CRUCE ILEGAL DE PERSONAS.