Modificación del convenio concursal (Comentario a la SJM nº 18 de Barcelona de 17 de marzo de 2021)

  1. Cristina Asencio Pascual
Revista:
Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones: Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)

ISSN: 2697-0694

Año de publicación: 2021

Número: 2

Páginas: 555-568

Tipo: Artículo

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Resumen

En el presente trabajo se analiza la Sentencia nº 18/2021 de 17 de marzo de 2021, del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona, dictada en el Concurso voluntario nº 601/2018, que es pionera en acordar la modificación de un convenio de acreedores aplicando el artículo 3.1 Modificación del convenio concursal de la Ley 3/2020, en su redacción dada por el Decreto-Ley 5/2021, que permite al concursado y sólo a éste, cuando el convenio se halle en periodo de cumplimiento, presentar propuesta de modificación del convenio originario antes del 31 de diciembre de 2021. Se examinan los requisitos exigidos para admitir a trámite la propuesta de modificación de convenio, su tramitación escrita y las mayorías exigibles para que pueda ser aceptada.