Políticas de vivienda en Méxicode la Constitución de 1917 a la globalización

  1. Villar Calvo, Alberto Javier
Dirigée par:
  1. Fernando Roch Peña Directeur/trice

Université de défendre: Universidad Politécnica de Madrid

Année de défendre: 2007

Jury:
  1. Jesús Leal Maldonado President
  2. Agustín Hernández Aja Secrétaire
  3. José Miguel Fernández Güell Rapporteur
  4. Fernando Díaz Orueta Rapporteur
  5. Alfonso Álvarez Mora Rapporteur

Type: Thèses

Résumé

A pesar de que en México existen, actualmente, cerca de cien organismos que de una forma u otra financian vivienda social, aún hoy, cerca del 20% de la vivienda construida se realiza a través del endémico, oneroso e ineficiente mecanismo de la autoconstrucción. Sobre la base de un análisis histórico, desde la aparición del primer organismo financiero de vivienda social en 1925, hasta las reformas que llevaron en el año 2002 a la creación de los más recientes instrumentos de crédito para la construcción de vivienda social, el trabajo de tesis busca definir las características generales de los mecanismos a través de los cuales se ha llevado a cabo una política de vivienda incapaz de atender a cerca de una tercera parte de la población nacional, y sus limitaciones para resolver las necesidades de alojamiento en México en el futuro próximo. La hipótesis de trabajo considera que las limitaciones de esta política social para atender la demanda de vivienda, se ubican en la forma en la que se ha construido el andamiaje de los mecanismos financieros y de los instrumentos auxiliares de la política de vivienda social en el país, y que ha respondido a la propia formación del Estado mexicano, y a la forma en la que éste ha establecido los mecanismos de su relación con la sociedad civil. Intento demostrar que la política de vivienda en México se fundamenta en tres líneas de actuación que operan de manera complementaria y subsidiaria: la política de financiamiento y construcción de vivienda social, la política de suelo y regularización de la tenencia de la tierra, y la política inquilinaria. La primera de ellas, se ha desarrollado a través de la conformación de un sistema de instrumentos para la producción de vivienda social que han respondido a las relaciones corporativas del Estado mexicano con distintos sectores de la población nacional, configurando un entramado de organismos que sólo atienden las demandas de vivienda de grupos sociales a relativamente privilegiados. La segunda, constituida en sus orígenes como una línea de actuación extraordinaria para resolver demandas de vivienda que rebasaban las posibilidades de intervención de los mecanismos de crédito, se ha convertido en el principal mecanismo subsidiario o compensatorio de la política financiera de vivienda social, y en la vía a través de la cual se han institucionalizado los procesos de autoconstrucción de vivienda y de urbanización irregular. La tercera, sustitutiva de las dos anteriores durante los primeros 25 años de política institucional de vivienda en México (1925-1950), y que en su momento fue el principal mecanismo de intervención pública para regular las formas de producción y comercialización (alquiler), de vivienda, fue empleada como un mecanismo de conciliación social que ha quedado reducida a un conjunto de disposiciones reglamentarias del arrendamiento de vivienda, que han ido perdiendo vigencia a la par que se han consolidado las políticas de financiamiento y de suelo, y en los últimos años ha dejado de responder a las condiciones actuales de la vivienda en arrendamiento. El resultado ha sido la configuración de una política de vivienda corporativa y excluyente, que se basa en un sistema de instrumentos financieros, inmobiliarios y jurídicos que han llevado a que alrededor del 60% del parque habitacional en el país se haya realizado fuera de los mecanismos formales de producción de vivienda social; que la política de suelo, subsidiaria de la de financiamiento habitacional, haya quedado limitada a la regularización de los asentamientos ilegales, y con ello haya perdido la posibilidad de operar como un instrumento regulador del mercado inmobiliario, para convertirse en una vía de institucionalización del mercado informal de suelo y vivienda; y finalmente, que alrededor de un 20% del mercado habitacional en el país, dirigido a la vivienda en alquiler, se esté desarrollando a partir de un conjunto amplio de modalidades de vivienda precaria que han quedado al margen de los mecanismos reglamentarios y de producción de vivienda social.