La problemática laboral en el concurso de acreedores

  1. ORELLANA CANO, ANA MARIA
Dirigida por:
  1. Juan Antonio Sagardoy Bengoechea Director/a

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 03 de febrero de 2016

Tribunal:
  1. Alfredo Montoya Melgar Presidente
  2. Joaquín García Murcia Secretario
  3. Jesús R. Mercader Uguina Vocal
  4. José Manuel del Valle Villar Vocal
  5. Luis Enrique de la Villa Gil Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

El objeto del presente trabajo consiste en un análisis de todas las cuestiones que afectan a la nueva disciplina que surge con la Ley Concursal, denominada Derecho Concursal Laboral. Se distribuyen las materias en cinco bloques. En el primer bloque, se examinan las competencias laborales del Juez del Concurso. En el despido colectivo se aborda, en primer lugar, el régimen de la concurrencia de las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, con una especial referencia a las peculiaridades en los grupos de empresas a efectos laborales; así como el control judicial de las mismas en otros países de la Unión Europea y en España. En segundo lugar, se analizan los presupuestos para considerar colectiva la extinción en el ámbito internacional y comunitario para después, centrar la atención en el sistema español, concretamente, en la consideración de despido colectivo atendiendo al número de trabajadores afectados, los trabajadores excluidos e incluidos, el cómputo en las empresas con varios centros de trabajo, los problemas de la indemnización legal y los salarios de tramitación, las consecuencias de la utilización de un cauce inadecuado y, el análisis del despido objetivo en el concurso. En relación con la suspensión de las relaciones laborales, se lleva a cabo un estudio de la naturaleza individual y colectiva de la suspensión como competencia del Juez del Concurso; del carácter temporal de la medida; la concurrencia de las causas; la indemnización; la suspensión de los contratos y la prestación por desempleo con carácter retroactivo; la posibilidad de tramitar un procedimiento concursal de despido colectivo estando vigentes los efectos de un procedimiento de suspensión contractual; y, la conversión de un procedimiento temporal de regulación de empleo en un procedimiento de regulación de empleo de extinción, con una especial referencia al pacto de prejubilación. En cuanto a la reducción temporal de la jornada, se examinan la naturaleza individual y colectiva; la delimitación con la suspensión de los contratos y con la modificación sustancial de las condiciones de trabajo; la distribución irregular de la jornada como medida alternativa; y, las consecuencias de la reducción, analizando el trabajo a tiempo parcial, la jornada flexible y, el desempleo parcial. A continuación, se analizan las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo -individuales y colectivas- y, los traslados colectivos, las causas que justifican la adopción de estas medidas y, la incidencia del concurso de acreedores en la extinción indemnizada del contrato, por voluntad del trabajador afectado. Respecto a la extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador, se analizan la naturaleza de la acción del trabajador y de la resolución judicial, las causas y, los principales problemas prácticos que suscita en el concurso de acreedores, la resolución indemnizada del contrato por voluntad del trabajador. Y, por último, se estudia la impugnación de la suspensión o de la extinción de la relación laboral especial del personal de alta dirección, acordada por la administración concursal, realizando, por un lado, una aproximación al régimen jurídico del personal de alta dirección; y, por otro lado, el examen de su tratamiento concursal. En el segundo bloque, se realiza un exhaustivo análisis de las cuestiones más relevantes que ha planteado en la práctica, la aplicación del artículo 64 de la Ley Concursal, sobre el procedimiento concursal de regulación de empleo. El tercer bloque se refiere a los efectos de la declaración de concurso, y, los problemas de delimitación de las competencias entre la jurisdicción social y el Juez del Concurso, en las acciones individuales entabladas por los trabajadores ante el orden jurisdiccional social y, en las ejecuciones laborales.El cuarto bloque trata de la protección de los créditos laborales y de la Seguridad Social en el concurso.