Los códigos de conducta y el derecho registral e inmobiliario

  1. VIGIL DE QUIÑONES OTERO, DIEGO
Dirigida por:
  1. Alicia Real Pérez Directora

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 13 de enero de 2016

Tribunal:
  1. Carlos Rogel Vide Presidente
  2. María Isabel de la Iglesia Monje Secretaria
  3. María Ángeles Parra Lucán Vocal
  4. Ana Cañizares Laso Vocal
  5. Teodora Felipa Torres García Vocal
Departamento:
  1. Derecho Civil

Tipo: Tesis

Resumen

Observando la realidad de nuestros días, observamos que muchas empresas, entidades y administraciones han elaborado conjuntos de normas para orientar su actuación y de las de sus respectivos empleados o miembros. Conjuntos que van desde códigos relativos al uso de bienes, hasta normas sobre la conducta que observará un prestador de servicios, pasando por normas de conducta que la Administración quiere que se potencien respecto de personas o entidades de un sector, hasta los llamados códigos de buen gobierno de las sociedades mercantiles. Dichos conjuntos de normas inspiradores del comportamiento de los sujetos de un determinado ámbito son una novedad para el Derecho y constituyen una realidad no siempre fácil de incorporar a las categorías normativas antes conocidas, pues son muy diversos y de finalidad muy variada. Algunos estudios han clarificado su naturaleza, valor y efectos en el ámbito del Derecho de obligaciones, laboral, mercantil o administrativo, pero falta un estudio en materia registral e inmobiliaria. La realidad de los códigos de conducta es amplísima. Hay muchos tipos de códigos, procedentes de diferentes fuentes (el Estado, entidades que agrupan a otras, o bien las mismas entidades autorreguladas). Antes una realidad tan amplia una posible clasificación sería diferenciar los códigos procedentes de los particulares de los códigos de conducta procedentes del legislador. Los primeros no siempre son auto-impuestos, sino que en ocasiones se imponen a partir de la pertenencia a la entidad que los promueve. Los segundos tampoco son siempre una norma estatal, sino que a veces son una suerte de recomendación del Estado a través de la potenciación del código o de la invocación al mismo por parte de una ley. La presente tesis procura un estudio de los mismos respecto del Derecho registral e inmobiliario. Para ello, comienza por un repaso al encaje de los códigos en las fuentes del Derecho y de las obligaciones y procura una explicación filosófica de los mismos. Vistos en las fuentes del Derecho, los códigos de conducta en ocasiones se publican dentro de una ley. Sin embargo, no siempre son parte del contenido de la misma ni con sus efectos obligatorios: en ocasiones hay leyes que se remiten a códigos de elaboración privada o a normas de elaboración estatal sin sanción y son lo que la doctrina denomina "códigos llamados por una ley". El problema es que, en muchos casos, la ley no se pronuncia sobre si es el código de conducta es parte de la ley, o un instrumento complementario al que la ley llama. Por otra parte, determinadas leyes contienen mandatos de conducta sin sanción y existen normas generales de las Administraciones que también reglan comportamientos sin sanción. Reglas que suelen ser denominadas código de conducta y que constituyen un conjunto de reglas no vinculantes de difícil caracterización. Códigos vinculados a una ley, aun sin dejar claro el valor de los mismos, existen una gran abundancia de casos. Estos códigos normalmente no imponen conducta alegales ni ilegales, sino legales, aspirando a algo más que lo que la ley exige. Aparecen de este modo procurando suscitar una costumbre. Muestran así el imponente papel que a los mismos les corresponde a la hora de suscitar costumbres secundum legem, llamando (sin imposición legal) a comportamientos que la ley no quiere imponer, pero que se reputan necesarios. Junto el encaje que encuentran los códigos de conducta en el proceso de ralización del Derecho por las leyes y costumbres, debemos considerar a la tercera fuente: los principios generales. En la bipartición del ordenamiento en reglas y principios, los códigos de conducta son una propuesta de comportamiento acorde a principios, pero no siempre se señalan comportamientos reglados susceptibles de cumplimiento taxativo, sino que se establecen mandatos de optimización de los suejtos susceptibles de cumplimiento en grado.