Las relaciones de trabajo en el sector bancario

  1. RIBAO VIDAL, MARIA NELIDA
Dirigida per:
  1. César Miñambres Puig Director

Universitat de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 08 de de febrer de 2016

Tribunal:
  1. Joaquín García Murcia President
  2. Rosario Cristóbal Roncero Secretària
  3. Lourdes Meléndez Morillo-Velarde Vocal
  4. Ana Isabel Pérez Campos Vocal
  5. Pedro F. Rabanal Carbajo Vocal
Departament:
  1. Derecho del Trabajo y Seguridad Social

Tipus: Tesi

Resum

La reputación y el prestigio perseguido por los empresarios de la Banca son características intrínsecas a la relación laboral del trabajador bancario desde su origen. Desde las figuras mesopotámicas próximas a reyes, hasta los miembros de familias aristocráticas en Roma, todos ejercieron la banca apoyados por el poder político. Los cambistas compostelanos y los plateros castellanos exigieron para ingresar en sus cofradías cierto linaje. Igualmente los cambiadores de libro de la Edad Media se separaron deliberadamente de los cambiadores de trueque y ferias, para buscar una clientela más selecta, reservándose sólo para particulares burgueses y grandes caballeros. Y los hombres de negocios que triunfaron en la banca fueron los vinculados a la Corte o a las monarquías europeas. Durante el siglo XIX el ejercicio de la banca se realizaban a través de sociedades, prestigiosas casas de banca apoyadas por la burguesía empresarial y vinculada al poder político de la época. Pero a relación de estas asociaciones empresariales con sus empleados de escritorio aún no constituía una relación laboral. Inicialmente eran auxiliares del comerciante ocupando puestos de factores o mancebos ajenos a una relación laboral que exigía años de aprendizaje sin una remuneración directa. En el siglo XIX el empleado de escritorio reclamó las mejoras obreras en Cataluña. Los empleados y dependientes del Comercio de Barcelona supieron ver las mejoras laborales que había alcanzado el proletariado desde posturas más humildes, y las querían para sí. A través de los comités paritarios conciliaron posiciones encontradas entre los empresarios banqueros y sus empleados, y buscaron mudar las relaciones familiares y de aprendices del comerciante, por relaciones laborales. Se creó el primer Sindicato de Empleados de Banca y Bolsa que llegó a exigir una reglamentación colectiva para los contratos de los empleados de banca. Pero fue preciso que ocurriera un cambio político para que la clase trabajadora se viera más favorecida. En la década de los años veinte, los comités paritarios fueron transformados en corporaciones que funcionaban como un mecanismo de control para el Estado. A través de estas corporaciones se crearon regulaciones laborales para cada sector. En 1939 se crearon las Primeras Bases que regularon el Trabajo en la Banca Privada, y a través de la Ley de Contrato de Trabajo de 1931 el empleado de escritorio alcanzó el estatus de trabajador bancario, asumiendo todos los derechos de los trabajadores y reflejándose en las Bases para el Trabajo en la Banca Privada de 1933 que constituyeron la esencia de la regulación laboral moderna. La regulación del trabajador bancario fue matizada entre 1938 y 1976 preconizándose una superioridad empresarial. El Estado delegó en las empresas la facultad de redactar sus propias ordenanzas de trabajo justificándolo en que los beneficios empresariales eran factores a proteger. Al permitir a la empresa la regulación a través de los Reglamentos de Régimen Interior se legisló específicamente para cada sector y profesión resultando enriquecida la relación laboral del trabajador bancario. En la actualidad, esta relación laboral vuelve a estar equilibrada por a participación de los representantes de los trabajadores a través de los convenios colectivos. Si bien, durante el ejercicio de la actividad bancaria, la legislación laboral permite afectar algunos derechos de los bancarios para favorecer el poder de dirección, debido a la especialidad de la prestación de servicios que el bancario realiza.