La financiación de proyectos de régimen concesional ante el concurso de acreedores

  1. ANTON GERONA, JAVIER JOSE
Zuzendaria:
  1. José Carlos González Vázquez Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 2016(e)ko urtarrila-(a)k 11

Epaimahaia:
  1. Jose María de la Cuesta Rute Presidentea
  2. José Luis Colino Mediavilla Idazkaria
  3. Javier Juste Mencía Kidea
  4. Fernando Sacristán Bergia Kidea
  5. Eduardo María Valpuesta Gastaminza Kidea
Saila:
  1. Derecho Mercantil, Financiero y Tributario

Mota: Tesia

Laburpena

El presente trabajo de investigación tiene por objetivo, por un lado, destacar la importancia del Project Finance como mecanismo de financiación idóneo para la puesta en marcha de determinados proyectos necesarios para el desarrollo de un mercado competitivo y eficiente, y, por otro lado, la incidencia del régimen aplicable a las situaciones de insolvencia sobre las sociedades concesionarias de obras y servicios públicos que se constituyen como vehículo para desarrollo de los mismos. Por medio del análisis previo de los principales contratos que conforman la estructura de la mayoría de las operaciones de Project Finance, hemos identificado aquellos aspectos concúrsales que pueden tener un mayor impacto en los operadores ¿ y en el propio proyecto-al afectar, de manera directa, al diseño de las operaciones, a la distribución de los riesgos y, muy especialmente, al sistema de garantías, dificultando y/o encareciendo el acceso a este mecanismo de financiación. Asimismo, hemos analizado las recientes reformas llevadas a cabo en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal que, lejos de aportar a nuestro ordenamiento normas claras que permitan conocer a los inversores los riesgos asociados a la declaración de concurso de una sociedad vehículo, han creado un sistema jurídico inestable como consecuencia de la búsqueda de soluciones- carentes del fundamento desde el punto de vista del respecto a los principios integradores del procedimiento concursal- a través de una legislación de emergencia, tendente a satisfacer la necesidad de un cambio en la política legislativa que esté presidido por el respecto al principio de seguridad jurídica como instrumento necesario para el desarrollo económico.