La crisis financiera y la nueva regulación bancaria

  1. URÍA FERNÁNDEZ, FRANCISCO
Zuzendaria:
  1. Tomás-Ramón Fernández Rodríguez Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 2016(e)ko urtarrila-(a)k 15

Epaimahaia:
  1. Germán Fernández Farreres Presidentea
  2. Juan Ramón Fernández Torres Idazkaria
  3. Antonio Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz Kidea
  4. Jesús González Salinas Kidea
  5. Tomás de la Quadra-Salcedo Fernández del Castillo Kidea

Mota: Tesia

Laburpena

La tesis trata acerca de la respuesta regulatoria que se ha dado a las crisis bancarias que se produjeron a partir del año 2007 en el ámbito global, europeo y español, describiendo las normas fundamentales que se han aprobado y sus efectos acumulados sobre los bancos. La tesis parte de la firmación de que, bajo la apariencia de una única crisis, iniciada en el verano del año 2007 se esconden, en realidad, tres crisis de rasgos y causas diferenciados: una crisis global, iniciada en Estados Unidos a propósito de las hipotecas "subprime", que se contagió al sector financiero mundial a través de las nuevas prácticas e instrumentos financieros, una crisis "europea", iniciada en el año 2010, que puso de manifiesto los defectos en la construcción de la unión monetaria europea y, por último, una crisis "española" en la que se evidenciaron los problemas de gobiero corporativo y falta de recursos propios de las cajas de ahorro. Cada de esas crisis ha tenido una respuesta regulatoria propia: los acuerdos de Basilea III en el ámbito global, la Unión Bancaria en el espacio europeo y la completa modificación del régimen jurídico de las cajas de ahorro, junto con otras reformas impuestas por el Memorando de Entendimiento suscrito con nuestros socios europeos, en el caso español. A partir de ese análisis, la tesis explica cómo esa triple respuesta no ha estado suficientemente coordinada entre sí, de modo de sus efectos agregados sobre los bancos, su rentabilidad y capacidad de capitalización interna y su capacidad para conceder crédito, no se han valorado de forma agregada,cómo últimamente vienen reconociendo las autoridades europeas competentes( Autoridad Bancaria y Comisión Europea). Una de las conclusiones de la tesis es, precisamente, la necesidad de que, como acaba de anunciar la Comisión Europea, se realice un análisis de impacto agregado de este nuevo acervo normativo. Por otra parte, la nueva regulación, las prácticas supervisoras que se han impuesto y la agenda sobre resolución bancaria han modificado las líneas tradicionales de separación entre la intervención pública en el ámbito financiero y las decisiones corporativas y, en última instancia, el derecho privado. La normativa bancaria surgida de la crisis contiene, en defecto, normas sobre gobierno corporativo de las entidades y políticas retributivas, a las que se añaden las que se han aprobado y las que se anuncian sobre modificaciones estructurales de las entidades y grupos bancarios. Además, la nueva cultura supervisora de las autoridades norteamericanas, y entre nosotros, el Banco Central Europeo, ha implicado la realización de análisis específicos sobre la calidad del gobierno corporativo, la adecuación de las retribuciones, el modelo de negocio de las entidades y su rentabilidad. Por último, la tesis pone de manifiesto la importancia de las normas sobre reestructuración y resolución bancarias, los poderes que atribuyen a las autoridades competentes a nivel europeo y español. Esos poderes permiten a las autoridades de resolución mover los obstáculos que se oponen o dificultan la "resolubilidad" de las entidades de crédito en aspectos tan importantes como la estructura de los grupos bancarios, las relaciones intragrupo y los contratos de toda índole suscritos entre las entidades que forman el grupo y también con terceros.