El derechocausa o consecuencia del cambio social; reflexiones a propósito de un caso

  1. CIQUE HERRAINZ, JUAN ÁNGEL
Dirigida por:
  1. José Iturmendi Morales Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 05 de septiembre de 2017

Tribunal:
  1. Julio Iglesias de Ussel Presidente
  2. María José Falcón Tella Secretaria
  3. Isabel Ruiz Gallardón Vocal
  4. Pablo Badillo O'Farrell Vocal
  5. Ignacio Ara Pinilla Vocal
Departamento:
  1. Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho

Tipo: Tesis

Resumen

A partir de una experiencia autobiográfica del autor, se desarrolla una reflexión acerca de las relaciones del sujeto con su entorno, fundamentalmente social y por tanto cultural, y las implicaciomes políticas de sus conclusiones. Recorriendo la historia de la sociología, sus presupuestos conceptuales, sus aspiraciones, y por qué no, también sus fracasos el autor intenta autoexplicarse la utilidad, y la salubridad de esta disciplina como ciencia de perfección social, en especial a la luz de la experiencia cotidiana, que aunque subjetiva, tiene su lugar. Reconociendo que una tarea de estas características, en la medida que centrada en el sujeto, es ante todo una tarea de auto análisis, una especie de catarsis, con quien conjurar los miedos y las incertidumbres que la vida en sociedad produce en cualquiera que la aborde con un mínimo de consciencia. El control social como medio de conservación de la homeostasis inherente a todo sistema, en su vertiente formal, el derecho, y en el entorno de cambio continuo de las últimas décadas. adquiere unas características que son analizadas por el autor. Partiendo de una forzosamente esquemática disección de las modalidades, causas, dimensiones y consecuencias de este cambio en y de la sociedad, se intenta encontrar el lugar que desempeña el derecho, como institución netamente social, y que por naturaleza ha de tender a la estabilidad, como cualquier otra forma de control social, que aspire a dotar de seguridad las relaciones interpersonales. Lo que en el caso del derecho es la condición seminal de su utilidad, y de la que procede parte de su legitimidad: la seguridad jurídica. Pero ¿cómo seguir defendiendo el papel de nuestras instituciones de dirección social: el sistema político y sus formas de representación de la voluntad popular, el sistema administrativo y el sistema jurídico? -no olvidemos que esta tesis se presenta en un departamento de filosofia del derecho, moral y ploítica- cuando la realidad cotidiana pone en duda su viabilidad y lo que es peor su necesidad o utilidad por la profunda sensación de ineficacia y mentira que transmiten. Nuestro mundo se configura en torno a unas ideas fuerza, uni-ideas en el sentido que le da Mills, en una cosmovisión de valor, que desaparecidas otras certezas lo justifican y legitiman: la libertad; el consumo en tanto expresión de bienestar y libertad de opciones; y la democracia como forma de control de la acción del poder por parte de quien lo sufre. Pero la realidad se manifiesta cruel, evidenciando lo artificial del discurso, en forma de incapacidad de satisfacer las condiciones necesarias y suficientes, que el propio sistema se impone, como escasez de trabajo, diferencias sociales, pobrezay marginación creciente, con externalización de las decisiones políticas, de manera que a la postre, estas se toman independientemente y al margen de la voluntad de los electores, en ámbitos de decisión a salvo del efecto de su voto. Las características del ser humano le inducen a la búsqueda del consenso de manera instintiva, con una forma colectiva de defensa del grupo. La transformación de las formas de socialización de la sociedad contemporánea, desde el modelo espontáneo, atomizado, singular, plástico y estable de las sociedades tradicionales al reglado, masificado, institucionalizado, rígido y cambiante de las sociedades contemporáneas, permite a quien esté en disposición de ello, fabricar el consenso acorde a sus intereses. El politólogo de la Universidad de Yale Robert Alan Dahl establece cinco condiciones para que un sistema político sea auténticamente democrático, dos de ellas al menos, no se dan en el nuestro: el acceso a información suficiente, ecuánime y fundamentada para formar juicios y la capacidad de determinar los temas de la agenda política.