Contenido de las capitulaciones matrimonialesestudio comparado entre España, Puerto Rico y Estados Unidos

  1. Figueroa Torres, Marta
Dirigée par:
  1. Rosa María Moreno Flórez Directrice

Université de défendre: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 27 novembre 2015

Jury:
  1. José Ignacio Rubio San Román President
  2. Juan de la Cruz Ferrer Secrétaire
  3. Carles Enric Florensa Tomàs Rapporteur
  4. Luis Rafael Rivera Rivera Rapporteur
  5. Teodora Felipa Torres García Rapporteur
Département:
  1. Derecho Civil

Type: Thèses

Résumé

El tema general de estudio de esta Tesis se inserta en el debate sobre el alcance de la autonomía de la voluntad en el contexto matrimonial, asunto que ha suscitado profundos debates en las últimas décadas y ha provocado importantes desarrollos jurídicos en muchos sistemas legales. Concretamente, la investigación se centra en el examen del contrato de capitulaciones matrimoniales como sede susceptible de albergar la voluntad consensuada de los cónyuges para autorregular las consecuencias de una eventual ruptura matrimonial. Se examina el tema de la libertad capitular de los cónyuges como foco de la discusión doctrinal, legislativa y jurisprudencial, dirigida principalmente a la delimitación del alcance que debe reconocérsele a la facultad de aquellos para autorregular su relación matrimonial y el nivel aceptable de intervención judicial en el control de la validez y eficacia de tales acuerdos. La Tesis sitúa el tema objeto de estudio en una perspectiva histórica, por lo que estudia los antecedentes más inmediatos que justifican el entendimiento que cobija en el Derecho español actual la libertad de otorgamiento de capitulaciones matrimoniales y de pactos, eje en el que gira el andamiaje regulatorio que viabiliza la adscripción de un contenido concreto al contrato capitular. Luego se examina el debate sobre la eficacia de determinados derechos y libertades de rango constitucional y su irradiación hacia las relaciones jurídicas privadas y se avanza en la precisión del contenido posible del contrato capitular, al crisol de las implicaciones de los desarrollos jurídicos que han esculpido la naturaleza jurídica de aquel de modo peculiar en el ordenamiento español vigente. Con el beneficio de la extensa doctrina elaborada en torno a la naturaleza jurídica y al contenido de las capitulaciones matrimoniales, se da lugar a la discusión sobre la viabilidad de acoger expresamente el pacto en previsión de crisis matrimonial como contenido posible de ese contrato. El análisis se traslada también a la consideración de otras importantes cuestiones relacionadas con la naturaleza jurídica del acuerdo en previsión de ruptura matrimonial, así como algunos otros controvertidos aspectos referidos a su validez, eficacia y forma. El tratamiento particular dispensado al pacto en previsión de ruptura en este trabajo se justifica por su novedad y utilidad, y su estudio pretende poner de manifiesto la necesidad de que se considere formalmente la deseabilidad de reconocerlo expresamente en la esfera del Derecho común para potenciar al máximo la articulación jurídica de la autonomía de la voluntad consensuada de los cónyuges como fuente de autorregulación, pero no solo de los diversos aspectos estructuradores de la dinámica conyugal constante matrimonio, sino también de los asuntos que enfrentaría el grupo familiar en ocasión de una eventual crisis matrimonial. Esta Tesis amplía el alcance de su investigación a otros dos sistemas legales al incursionar en el estudio de la trayectoria del tratamiento jurídico dispensado a los acuerdos matrimoniales en la normativa estadounidense y en la puertorriqueña. La primera se estudia porque su protagonismo en la evolución de importantes desarrollos legislativos y jurisprudenciales en la materia investigada no aconseja menos. El examen de la situación actual del Derecho puertorriqueño en el tema de capitulaciones matrimoniales se justifica, entre otras razones, porque en esa materia ¿así como en la mayor parte de la normativa de Derecho privado puertorriqueño¿ el íter de la normativa española es referente obligado pues esta es, en su versión originaria, antecedente inmediato de aquella.