La libertad de expresión del pensamiento en la II República española

  1. ABAD AMOROS, ROSA MARIA
Dirigida por:
  1. Teodoro González Ballesteros Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Año de defensa: 1988

Tribunal:
  1. José María Desantes Guanter Presidente
  2. José Luis del Hierro Aguazas Secretario
  3. Juan Avilés Farré Vocal
  4. Jesús Timoteo Álvarez Vocal
  5. Javier Fernández del Moral Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 18178 DIALNET

Resumen

El objeto de esta memoria doctoral es valorar los márgenes reales de libertad de expresión entre los años 1931 y 1936, es decir, durante la primera y segunda legislatura de la ii republica española. Entre dichas fechas se aborda la hipótesis del trabajo, consistente en una aproximación practica al grado de incidencia, directa o indirecta, que las principales normas de la republica ejercieron sobre la libertad de expresión. El trabajo consta de cinco capítulos en los que se analiza lo siguiente: un breve planteamiento histórico de los últimos gobiernos de Alfonso XIII, así como, de las dos legislaturas de la republica. Parte importante del estudio, es la dedicada al examen de tres normas, la constitución, la ley de defensa de la republica y la ley de orden publico, siempre atendiendo a sus repercusiones sobre la libertad de expresión. Otra vertiente del trabajo es la ejemplificación de los niveles de libertad de expresión, en un sector social concreto como es el de los diputados, en virtud de la inmunidad parlamentaria. En definitiva, se ha pretendido analizar de forma objetiva, a través de la legislación y tomando como método rector el documento, la libertad de expresión de la sociedad en general y en particular de quienes ostentaron la investidura parlamentaria. Todo ello según una recopilación de las informaciones denunciadas en los juzgados de Madrid.