La adecuación constitucional de los servicios de inteligencia

  1. GALLEGO ORTIZ, FRANCISCO JAVIER
Dirigida por:
  1. María Pilar Cousido González Directora

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 25 de mayo de 2011

Tribunal:
  1. Rosa María García Sanz Presidenta
  2. Ildefonso Soriano López Secretario
  3. Miguel Ángel Davara Fernández de Marcos Vocal
  4. Fernando Velasco Fernández Vocal
  5. Luis Antonio de Salvador Carrasco Vocal
Departamento:
  1. Derecho Constitucional

Tipo: Tesis

Resumen

La hipótesis de la que parte esta tesis doctoral es que es perfectamente posible que los servicios de inteligencia españoles se adecúen a lo dispuesto en nuestra constitución, es decir, que actúen dentro de los márgenes del estado de derecho, sin que por ello se menoscabe su eficacia o se resienta su finalidad. Los servicios de inteligencia tienen por fin asesorar al poder ejecutivo en su toma de decisiones, levantar -tanto como sea posible- la "niebla de guerra" para despejar de incógnitas el escenario sobre el que se ha de actuar. El estado existe para ayudar a los ciudadanos en su realización personal. Cediendo todos los ciudadanos una pequeña parte de nuestra libertad aspiramos a vivir en libertad. Así que, en última instancia, los se rvicios de inteligencia tienen un firme compromiso con la libertad de la nación y estado de derecho que la garantiza. No tiene sentido que sean ellos quienes vulneren el estado de derecho puesto que son, precisamente, quienes hand e defenderlo. Tra s la reforma de 6 de mayo de 2002, los servicios de inteligencia españoles disponen de normas -mejorables- lo suficientemente precisas como para actuar dentro del estado de derecho sin que se resienta su eficacia. Lo que es incompatible con el estad o de derecho no es que existan secretos sino que existan áreas de poder absolutamente irresponsables respecto de la justicia.