El comité de las regiones de la Unión Europea y los fundamentos, principios y valores filosóficos, jurídicos, políticos y morales del ordenamiento comunitario

  1. GONZALEZ TEROL, ANTONIO PABLO
Dirigida por:
  1. José Iturmendi Morales Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 09 de diciembre de 2010

Tribunal:
  1. Julio Iglesias de Ussel Presidente
  2. Pedro de Vega García Secretario
  3. Rogelio Pérez-Bustamante Vocal
  4. María del Coro Cillán García de Iturrospe Vocal
  5. Santiago Carretero Sánchez Vocal
Departamento:
  1. Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho

Tipo: Tesis

Resumen

Tal y como su prolijo título anticipa, esta Memoria de Tesis doctoral, de inequívoca envergadura iusfilosófica, se propone examinar - de manera crítica, que no exegética- la naturaleza, contenido y alcance de los más relevantes, multifacéticos y plurales fundamentos, principios y valores básicos que acoge el ordenamiento jurídico de la Unión Europea ¿un sistema jurídico de superposición (Denys Simon)- y lo conforma. Todo ello se contempla a la luz, y desde la privilegiada atalaya que nos suministra el Comité de la Regiones en el ejercicio de sus funciones consultivas y dictaminadoras. Fundamentos, valores y principios en parte universales (la democracia representativa y los derechos fundamentales); en parte propios de uno o de varios estad os europeos. La organización de la Unión Europea ha generado un derecho que ha despertado interés entre los especialistas del derecho comparado en la medida en que ofrece las condiciones para experimentar un sistema normativo que supera el modo de concebir el derecho que se había venido afirmado en los últimos cuatro siglos y que respondía a la lógica de una organización del mundo fundamentalmente encuadrada (si no exclusivamente) en los Estados. En el ámbito del sistema de fuentes del derecho comunitario la noción de principios generales no es univoca y se utiliza con significaciones y funciones distintas como la que impone la necesidad de tomar en consideración el papel de al menos dos de los sentidos con que se utiliza la expresión, cada uno de las cuales determinan el comportamiento de funciones distintas a realizar: a) en ocasiones los principios generales se presentan como una técnica que permite deducir del conjunto de reglas normativas propias del orden jurídico una serie de principios directamente aplicables, siempre que se cumplan los prepuestos pertinentes, a una serie de situaciones que en principio no se encuentra reguladas de manera explicita (la llamada analogía legis), b) pero no faltan otras manifestacion es bien distintas de los principios generales del derecho, aquellas que comparecen a través de una técnica frecuentemente empleada por los legisladores consistente en, a partir de la identificación de los principios generales del derecho, implementarlos a través de una fuente de derecho distinta de la que fijara los principios. Todos estos elementos confirman las tantas veces proclamada comunidad de Derecho que constituye Europa (M. Stolleis "dixit"), al tiempo que revalidan la progresiva...