La protección jurídica de la mujer trabajadora

  1. MOLINA GONZÁLEZ-PUMARIEGA, ROCIO
Dirigida por:
  1. Alfredo Montoya Melgar Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 25 de marzo de 2004

Tribunal:
  1. Juan Antonio Sagardoy Bengoechea Presidente/a
  2. Raquel Aguilera Izquierdo Secretaria
  3. Carmen Sáez Lara Vocal
  4. Antonio Vicente Sempere Navarro Vocal
  5. Raquel Yolanda Quintanilla Navarro Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 101542 DIALNET

Resumen

En base al principio constitucional de igualdad y de no discriminación por razón de sexo (artículo 14 de la CE modulado por el artículo 9.2 del mismo texto legal) la protección específica de la mujer trabajadora se circunscribe a los exclusivos supuestos de maternidad, parto y lactancia, únicos en los que se considera justificado establecer prohibiciones o privilegios. El resto de medidas protectoras especiales puden provocar discriminaciones entre ambos sexos. Es importante destcar que el embarazo y la meternidad al ser situaciones inherentes al sexo femenino son las únicas que pueden introducir una excepción den el principio de igualdad constitucional. Como consecuencia de la constitucionalización del derecho a la igualdad y a la no disciminación entre hombre y mujer, surgen una diferenciación dentro de nuestro ordenamiento jurídico laboral entre las que denominamos normas realmente protectoras y las normas supuestamente protectoras de la mujer trabajadora, que será el eje central de nuestro estudio. Las primeras protegen verdaderamente a la mujer, sin discriminarla frente al hombre, tratando de alcanzar una igualdad real entre ambos. Son las que se producen como consecuencia de la maternidad. Sin embargo, las supuestamente protectoras la dismcriminan frente al varón y la mantienen en situación desigual frente al mismo ante el trabajo: imponen límites o prohibiciones específicas al trabajo de la mujer fundados en la idea tradicional que limita la actividad de ésta al ámbito familiar y concibe su actividad extrafamiliar como residual, al presuponer que la familia se mantiene gracias al trabajo extradoméstico asalariado masculino. El derecho a la igualdad y a la no discriminación entre sexos exige la eliminación de todas las normas supuestamente protectoras del trabajo femenino. En nuestro estudio analizamos, en primer lugar, la evolución histórica de todas aquellas normas laborales que han tratado de proteger a