Cambios y permanencias en la situación jurídica de las mujeres durante el franquismo (1950-1975)

  1. RUIZ FRANCO, M. ROSARIO
unter der Leitung von:
  1. Gloria Nielfa Cristóbal Doktormutter

Universität der Verteidigung: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 12 von September von 2003

Gericht:
  1. Juan Pablo Fusi Aizpurua Präsident
  2. Elena Hernández Sandoica Sekretärin
  3. Pilar Folguera Vocal
  4. Dolores Ramos Palomo Vocal
  5. María Pilar Amador Carretero Vocal
Fachbereiche:
  1. Historia Moderna e Historia Contemporánea

Art: Dissertation

Teseo: 95144 DIALNET

Zusammenfassung

La investigación que se presenta parte de la idea de que el ordenamiento jurídico establecido por el régimen franquista al finalizar la guerra civil, tras la derogación de los avances conseguidos en la Segunda República, fue, junto a otros mecanismos -educación, Iglesia Católica-, determinante para la situación social de las mujeres de esos años. A través de dicho ordenamiento jurídico, se veía a la mujer más que como un sujeto con unos derechos inherentes a su condición de persona, como un ser obligado a una función social específica, basada en su capacidad reproductora y educacinal dentro de unas coordenadas ideológicas concretas. El rol jurídico asignado, por tanto, se encontraba sujeto a un paternalismo que el Estado encomendaba, en función de su estado civil, al padre o al marido, garantizando con ello el control social de las mujeres e invalidando cualquier conato de independencia social y económica de las mismas. A comienzos de los años cincuenta, coincidiendo con el inicio de una serie de cambios en la política interior y exterior del régimen, comenzaron a escucharse voces a favor de una revisión de la situación jurídica de las mujeres. Dichas voces, entre las que destaca la de la abogada Mercedes Formica, se concretaron en la realización de una serie de encuestas periódicas, debates académicos, jurídicos y culturales que favorecieron la aprobación, en primer lugar, de dos reformas legislativas reguladas por las leyes de 1958 y la de 1961. A finales de los años sesenta un grupo de abogadas -muy especialmente María Telo Núñez- desde la Asociación Española de Mujeres Juristas y la Comisión de Codificación del Ministerio de Justicia, plantearon la necesidad de ampliar dichas reformas para igualar el trato jurídico entre los sexos. Su labor se concreta en la aprobación de la Ley de 2 de Mayo de 1975 que supuso, antes de la llegada de la democracia, una mejora substancial en dicha situación l