La representación sindical y la negociación colectiva de los trabajadores cedidos por las empresas de trabajo temporal

  1. VERGARA DEL RÍO, MÓNICA
Dirigida por:
  1. Fernando Valdés Dal-Ré Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 16 de enero de 2003

Tribunal:
  1. María Emilia Casas Baamonde Presidenta
  2. Fernando Pérez-Espinosa Sánchez Secretario
  3. Antonio Pedro Baylos Grau Vocal
  4. Tomás Sala Franco Vocal
  5. Dolores Roman De La Torre Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 94854 DIALNET

Resumen

1,- La tesis que se presenta parte de la base que el sistema de relaciones laborales que caracteriza la sociedad moderan descansa en una estricta lógica contractual bilateral, derivada del contrato individual de trabajo, fuente originaria, más inmediata o más remota, de los derechos y obligaciones de los sujetos individuales y colectivos involucrados en el sistema. No obstante ello, la relación entre la ETT y el trabajador se ha configurado por el legislador como un contrato de trabajo a pesar de no concurrir en esta relación los supuestos básicos que definen la relación laboral; ni en cuanto a los sujetos, ni en cuanto al objeto, ni en cuanto a la causa del contrato. La aplicación forzada de la lógica contractual a la relación triangular ínsita en la cesión de trabajadores, explica la ineficacia de las instituciones del derecho laboral en materiales tales como la negociación colectiva y la representación de los trabajadores cedidos por una ETT, en cuyas expresiones se detiene la investigación. 2,- En relación con la representación de los trabajadores cedidos, el análisis pone en cuestión la aplicabilidad de las normas legales y convencionales que definen las unidades apropiadas de constitución de los órganos de representación, así como aquellas que determinan la calidad de afiliado y de representante. Somete a examen crítico, además, el contenido de los derechos vinculados a la representación de los trabajadores cedidos, como la información, consulta, vigilancia y conflicto colectivo, así como el ámbito empresarial en el que han de ejercitarse tales derechos; la ETT y la usuaria. La tesis sugiere la conveniencia de indagar en el desarrollo de institutos jurídicos más propios de formas participativas de representación, como son los órganos paritarios, y atender la evolución de la legislación internacional para la necesaria adaptación del marco regulatorio del derecho de representación, estatal o