Significado y alcance de la Equity inglesa

  1. MARÍN CASTÁN, MARÍA LUISA
Dirigida per:
  1. José Iturmendi Morales Director

Universitat de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Any de defensa: 1983

Tribunal:
  1. Antonio Hernández Gil President/a
  2. José Iturmendi Morales Secretari
  3. Angela Sánchez de Vera Vocal
  4. Diego Espín Cánovas Vocal
  5. Manuel Fernández Escalante Vocal
Departament:
  1. Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho

Tipus: Tesi

Resum

La tercera y última parte de nuestro estudio pretende ofrecer un tratamiento sistemático de la Equity inglesa como rama jurídica. Antes de terminar el concepto de Equity que proponemos se indican las dificultades que entraña el abordar una sistematización de cualquier materia del derecho ingles cuya ordenación resulta en sí misma tan evidentemente asistemática para los juristas continentales. Esto se hace todavía mucho mas patente en el caso concreto de la equity puesto que el contenido de esta apareco como un conjunto no homogeneo de principios instituciones y procedimientos que se han ido formando espontáneamente -a tenor de los vacíos de regulación en el common law para determinados situaciones - y agrupándose sin obedecer a un orden lógico o preestablecido. Se hace necesario pues a la hora de intentar esta sistematización en materia píos e instituciones que analizamos en su apartado correspondiente. Concluimos esta ultima parte con una recapitulación y valoración critica acerca de cual es el significado actual entre el common law y la equity como ramas diferentes del case-law.