El derecho de huelga en los servicios esenciales para la comunidad

  1. BAYLOS GRAU ANTONIO PEDRO
Zuzendaria:
  1. Juan Antonio Sagardoy Bengoechea Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 1981(e)ko ekaina-(a)k 12

Epaimahaia:
  1. Horacio Oliva García Presidentea
  2. Javier Matía Prim Idazkaria
  3. Manuel Alonso García Kidea
  4. Eduardo García de Enterría Martínez-Carande Kidea
  5. Juan Antonio Sagardoy Bengoechea Kidea

Mota: Tesia

Laburpena

La tesis analiza en primer lugar el alcance y los limites generales del derecho de huelga en la Constitución. A continuación se examina la singularidad del tipo de huelgas en los servicios esenciales estableciendo tres criterios diferenciadores. En atención a los sujetos del que se afirma su carácter residual en atención a circunstancias objetivas lo que exige el análisis del criterio del servicio público y del interés público y en fin el que atiende a los efectos de la huelga sobre el conjunto de la población. Por último se aborda el tema del desarrollo del derecho de huelga examinando tanto la práctica de los protagonistas sociales como las opciones reguladoras concretas que resultan de la Constitución de 1978 y se analizan las técnicas concretas de regulación de este.