La erosión de la condición del vínculo de la nacionalidad en la protección del individuo. Especial referencia a la práctica europea

  1. Crespo Navarro, Elena
Dirigida por:
  1. Carlos Jiménez Piernas Director/a

Universidad de defensa: Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante

Fecha de defensa: 25 de julio de 2003

Tribunal:
  1. Juan Antonio Carrillo Salcedo Presidente/a
  2. Carlos Fernández de Casadevante Secretario/a
  3. Cesáreo Gutiérrez Espada Vocal
  4. Luis Ignacio Sánchez Rodríguez Vocal
  5. Araceli Mangas Martín Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 92878 DIALNET lock_openRUA editor

Resumen

El objeto de la presente tesis doctoral es el de determinar, a la luz de la práctica internacional, si la progresiva institucionalización y el creciente grado de humanización experimentados por el Derecho Internacional contemporáneo han tenido su reflejo en el plano de la aplicación de las normas. Más concretamente, si la práctica ofrece ejemplos relevantes de supuestos en los que los sujetos de Derecho Internacional asumen la protección de los derechos humanos de individuos con independencia de cual sea su nacionalidad conforme a las reglas del Derecho Internacional general, y por tanto, al margen de mecanismos de control específicos expresamente consentidos por los Estados afectados. A ese fin, se lleva a cabo un detallado estudio de la práctica internacional, relacional e institucional, que permite apreciar cómo se ha ido produciendo en el Derecho Internacional contemporáneo una cierta erosión de la condición del vínculo de la nacionalidad en la protección del individuo. Esa erosión se manifiesta tanto en el sector de la responsabilidad internacional como en los mecanismos tradicionales de protección de nacionales propios del clásico Derecho Internacional de extranjería. En particular, en forma de ampliación o extensión de la protección tradicionalmente reservada a los nacionales, a otras categorías de personas con las que, en ocasiones, se tiene una especial conexión. Sin embargo, y debido al papel predominante que todavía sigue representando la estructura relacional en el Derecho Internacional contemporáneo, esa protección de no nacionales no puede equiparse a la dispensada a los nacionales, por lo que reviste los caracteres de una protección humanitaria. Protección humanitaria que, como se pone de manifiesto en el trabajo, está demostrando ser benficiosa en la práctica, ya que en muchos de los casos obtiene una respuesta favorable de los Estados frente a los que se ejerce.