Artículo 49.-El acto jurídico es una manifestación lícita, de voluntad, expresa o tàcita que produce los efectos dispuestos por la ley, consistentes en la constitución, modificación o extinción de una relación jurídica.

  1. Rogel Vide, Carlos
  2. Pérez Gallardo, Leonardo B.
Livre:
Comentarios al Código Civil Cubano: Tomo I: Disposiciones Preliminares; Libro Primero: Relación Jurídica; Volumen II: (Artículos del 38 al 80)
  1. Pérez Gallardo, Leonardo B. (coord.)

Éditorial: Félix Varela Editorial Universitaria

ISBN: 9789590719424

Année de publication: 2014

Pages: 123-161

Type: Chapitre d'ouvrage