Contratas y subcontratas
ISSN: 1137-5868
Año de publicación: 2004
Número: 48
Páginas: 13-38
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: Revista del Ministerio de Trabajo e Inmigración
Resumen
La regulación "laboral" del trabajo en contratas y subcontratas de obras y servicios constituye uno de los pasajes más frecuentados y al mismo tiempo más problemáticos de nuestro Derecho del Trabajo, con múltiples acercamientos doctrinales e infinidad de pronunciamientos jurisprudenciales. Aunque su centro de imputación sigue siendo el artículo 42 ET, hoy en día tal precepto -que fue objeto de modificación parcial y ampliación por parte de la Ley 12/2001- no es más que uno entre los muchos que componen este segmento normativo, del que forman parte también otras numerosas previsiones, que en general actúan como ramas complementarias (o de refuerzo) de ese imprescindible soporte legal, pero que en muchos casos tratan de responder a problemas más específicos o sectoriales; estamos, a la postre, ante un régimen jurídico un tanto disperso y bastante variado, plural en cuanto a sus fines y complejo en su estructura, y con alguna deficiencia desde el punto de vista sistemático, sin que, por otra parte, hayan desaparecido del todo sus tradicionales dificultades interpretativas y de aplicación. El presente comentario ha optado por una exposición de síntesis, integrada sobre todo por reflexiones de orden general, orientadas principalmente hacia la estructura y las líneas de regulación del sistema normativo vigente. Desde esa perspectiva de análisis, el punto de partida ha de situarse de manera inevitable en la creciente complejidad de la norma (el "sistema normativo "), que hace ya algún tiempo dejó de preocuparse en exclusiva por la protección salarial y de Seguridad Social de los trabajadores implicados para tratar de proporcionarles también una adecuada tutela en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo, y que progresivamente ha ido perfilando y engrosando los instrumentos de carácter sancionador para la efectiva aplicación de las correspondientes previsiones normativas. Tras ello nos detendremos en la delimitación de la realidad empresarial subyacente (el "supuesto de hecho"), que no es otra que la contrata o subcontrata de obras y servicios, pero que sigue sin contar con una definición clara y precisa dentro de la norma laboral. Por último atenderemos al "interior" de la norma (el "contenido", esencial o adicional), para hacer un breve recorrido por los tres tipos de reglas que la componen: obligaciones preventivas, responsabilidades y deberes de información a los trabajadores y a sus representantes.