Violencia de género y derechos sociolaboralesla L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

  1. Quintanilla Navarro, Beatriz
Revista:
Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social

ISSN: 0213-0750

Año de publicación: 2005

Número: 80

Páginas: 11-64

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social

Resumen

Entre las normas que mayor interés ha despertado en los medios de comunicación y en la opinión pública general de cuantas se han aprobado en los últimos años, destaca la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre de medidas de protección integral contra la violencia de género (LOPIVIGE). La LOPIVIGE es una de las primeras normas que pretenden atender de forma integral y específica esta manifestación de la discriminación del colectivo de mujeres, aunque hay que señalar que en el momento de su aprobación existía ya un abundante tejido de referencias institucionales y normativas en el plano internacional, en el de la Unión Europea y en las Comunidades Autónomas que, incluso, mediante leyes especificas, ya venían articulando actuaciones concretas para erradicar y prevenir las situaciones de violencia sobre las mujeres. El estudio realiza una valoración de la norma centrándose en su contenido sociolaboral, desde la perspectiva del principio de no discriminación. Se dibuja, en un primer momento, el panorama de textos y normas internacionales, de la Unión Europea y de las Comunidades Autónomas que componen el marco en que nació la LOPIVIGE, para realizar, a continuación una sistematización de los aspectos más novedosos que pueden apreciarse en su contenido como manifestaciones de las nuevas connotaciones del principio de no discriminación; cuestión sobre la que se avecinan nuevos cambios en los próximos meses en España. El análisis y valoración del contenido sociolaboral se ha estructurado en tres grandes bloques temáticos con el fin de ofrecer una visión ordenada de las numerosas cuestiones que la norma contempla. Así, se atienden en primer lugar las relativas al acceso al empleo, en segundo lugar las condiciones de trabajo y en último término, las relativas a la protección social. Finalmente se subraya la importancia que ha de jugar la negociación colectiva en la determinación y mejora de los derechos que confiere la LOPIVIGE a las trabajadoras victimas de violencia de género. A lo largo del texto de trata de poner de manifiesto las principales deficiencias y contradicciones que la propia LOPIVIGE encierra en la regulación de una materia que merecería mayor rigor.