El Tribunal Constitucional como garante del Derecho comunitario. Reflexiones al hilo de la STC 27/2013, de 11 de febrero

  1. Carlón Ruiz, Matilde
Revista:
REDE. Revista española de derecho europeo

ISSN: 1579-6302

Año de publicación: 2013

Número: 47

Páginas: 99-123

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: REDE. Revista española de derecho europeo

Resumen

La Stc 27/2013, de 11.2.2013, vuelve sobre la cuestión de la dimensión constitucional, en el contexto de un recurso de amparo por la posible lesión del derecho a la tutela judicial efectiva, del no planteamiento de cuestión prejudicial europea en los casos en que fuera debida ex art. 267 TFUE. Y lo hace descartando, lisa y llanamente, que fuera aplicable al caso - en lo que se refiere a la vertiente del derecho a un proceso con todas las garantías (art. 24.2 CE) - la doctrina sentada en la STC 58/2004 y continuada por la 78/2010, que no se considera extensible a los supuestos de aplicación de norma interna. Lo que obliga a hacer una relectura de aquélla que ciña su doctrina a la inaplicación de normas internas y seguramente - aunque el Tribunal no se haya pronunciado al respecto - , más propiamente, de rango legal.

Referencias bibliográficas

  • BAÑO LEÓN, J. Mť, «El Tribunal Constitucional, Juez comu-nitario: amparo frente al no planteamiento de cuestión prejudicial (STC 58/2004)», Revista de Derecho Comunitario Europeo, nŦ 8, 2004, pp. 466-468,
  • IZQUIERDO SANS, C., «Cuestión prejudicial y artículo 24 de laConstitución espaŞola», Revista General de Derecho Europeo, nŦ 23, 2011,
  • MARTÍN RODRÍGUEZ, P. J., «La cuestión prejudicial como garantía constitucional: a vuel-tas con la relevancia constitucional del Derecho comunitario (A propósito de la STC58/2004, de 19 de abril, asunto tasa Łscal sobre el juego)», Revista EspaŞola de DerechoConstitucional, nŦ 72, 2004, pp. 315-346,
  • ALONSO GARCÍA, R., «Cuestión prejudicial europea y tutela judicial efec-tiva (a propósito de las SSTC 58/2004, 194/2006 y 78/2010)», en GARCÍA DE ENTERRÍA,E. y ALONSO GARCÍA, R. (coords.), Administración y justicia: un análisis jurisprudencial. Liber amicorum Tomás-Ramón Fernández, Civitas Thomson-Reuters, Madrid, 2012, Vol.I, pp. 7-26.
  • ALONSO GARCÍA, R., «Spanish Constitutional Court. Judgement 58/2004, of 19th April 2004»,Common Market Law Review, nŦ 42, 2005, pp. 535-548.
  • UGARTE-MENDÍA ECEIZABARRENA, J. I., «El "recurso" a la prejudicial (234 TCE) como "cuestión"de amparo (A propósito de la STC 58/2004, de 19 de abril de 2004, que otorga elamparo frente a una vulneración del art. 24 CE originada por el incumplimiento de la obligación de plantear la cuestión prejudicial comunitaria)», Revista Española de Derecho Europeo, nŦ 11, 2004, pp. 441-474,
  • PÉREZ TREMPS. P., «La jurisdicciónconstitucional y la integración europea», Revista Española de Derecho Europeo, nŦ 29,2009, pp. 45-46,
  • CARLÓN RUIZ, M., La cuestión de ilegalidad en el contencioso-administrativocontra reglamentos, Civitas, Madrid, 2005, p. 354,
  • FERNÁNDEZ FARRERES, G., «Derecho de la UniónEuropea y Derecho nacional: problemas de articulación jurídica desde la consideracióndel principio de primacía del derecho comunitario y posibles soluciones», Justicia admi-nistrativa, nŦ 50, 2010, pp. 19-20,
  • BAÑO LEÓN, J. Mť yALONSO GARCÍA, R., «El recurso de amparo frente a la negativa a plantear cuestiónprejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea», Revista Española deDerecho Constitucional, nŦ 29, 1990, pp. 200 y ss.,
  • HUELIN MARTÍNEZ DE VELASCO, J., «Las implicaciones constitucionales del incumpli-miento del deber de plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de laUnión Europea (Una aproximación post-Lisboa)», Revista Española de Derecho Europeo,nŦ 39, 2011, pp. 406-408,