Criterios para la concesión de la pensión compensatoriaSu relación con otras medidas
ISSN: 2341-0566
Año de publicación: 2014
Título del ejemplar: Protección de menores
Número: 1
Páginas: 13-34
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: La Ley Derecho de Familia: Revista jurídica sobre familia y menores
Resumen
La pensión compensatoria o derecho a una compensación representa una de las medidas patrimoniales a adoptar ante situaciones de crisis matrimonial como la separación o el divorcio, responde a una finalidad esencialmente compensatoria, tendente a corregir la situación de desequilibrio económico que sufre uno de los cónyuges como consecuencia de la separación o divorcio, al implicar ésta un empeoramiento en su situación patrimonial en relación con la que tenía constante matrimonio. No es un mecanismo equilibrador del patrimonio de los cónyuges, ni igualatorio. Para su fijación y cuantificación se ha de acudir a la ponderación de una serie de criterios o factores que tienen una doble función de actuar como elementos integrantes del desequilibrio, en tanto que sea posible según la naturaleza de las circunstancias, y una vez determinada la concurrencia de los mismos, la de actuar como elementos que permitan fijar la cuantía de la pensión.