Referencia a las eximentes de estado de necesidad, ejercicio de un derecho, cumplimento de un deber, en el ámbito familiar. Especial referencia al derecho de corrección

  1. Mirat Hernández, Pilar
Revista:
Revista penal México

ISSN: 2007-4700

Año de publicación: 2014

Número: 6

Páginas: 191-207

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista penal México

Resumen

El ordenamiento jurídico establece mandatos o prohibiciones, pues su misión principal es la salvaguarda de bienes o intereses imprescindibles para el logro de una convivencia pacífica en la sociedad; ahora bien, quien quebranta un interés protegido por el Derecho para salvar otro de mayor importancia no puede actuar antijurídicamente. La unidad del ordenamiento jurídico está presente y es determinante para apreciar la existencia de una acción antijurídica: es impensable que por una parte una ley nos obligue a realizar algo, y por otra sea punible según el Derecho penal la realización de lo obligado. En determinadas situaciones el hecho de velar por la salud y la vida de un ascendiente o cónyuge y por la educación de los hijos puede hacer necesario tomar medidas que en principio son típicas. Sería incongruente que por un lado el Código Penal castigara con una pena el abandono del padre o de la madre, y por otro que cuando su salud requiere de un internamiento sin su consentimiento fuera constitutivo de un delito contra la libertad, o que el Código Civil obligue a educar a los hijos, y si se les castiga con no salir de su habitación fuera la conducta constitutiva, asimismo, de un delito de detención ilegal y se le pudiera imponer una pena de prisión de cuatro a seis años. Si la medida es necesaria, proporcional y adecuada al caso concreto, estaremos ante una conducta justificada.