Fin del período transitorio del Protocolo 36 del Tratado de Lisboa en materia de cooperación penalalgunas consecuencias para el TJUE

  1. Bachmaier Winter, Lorena
Revue:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Année de publication: 2016

Número: 34

Type: Article

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Résumé

El artículo 10 del Protocolo 36 del Tratado de Lisboa, adoptado du-rante la Conferencia Intergubernamental de 2007, preveía un pe-ríodo transitorio máximo de 5 años para que el TJUE adquiriera plenas competencias en relación con los actos adoptados en mate-ria de cooperación policial y judicial penal. Ese plazo venció el 1 de diciembre de 2014. Este trabajo pretende valorar las implicaciones que puede tener en los diferentes procesos de los que conoce el TJUE el hecho de haber asumido plenas competencias en este área, e intentar vislumbrar cómo afectará esto cuantitativamente a su función como garante del derecho europeo en materia de cooperación judicial penal