Orden europea de detención y entrega y tratos inhumanos o degradantesSTJUE de 5 de abril de 2016, asuntos C-404/15 y C-659/15 PPU: Aranyosi y Cãldãraru

  1. Ollé Sesé, Manuel
  2. Gimbernat Díaz, Eva
Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Año de publicación: 2016

Número: 40

Tipo: Artículo

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Resumen

Este trabajo analiza la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 5 de abril de 2016 (C-404/15 y C-659/15 PPU). Se examina si la existencia, en el Estado emisor, de una orden europea de detención y entrega, de acuerdo con la Decisión Marco 2002/584/JAI, de elementos que evidencien un riesgo real de que el reclamado permanezca en condiciones de reclusión inhumanas o degradantes, es suficiente para denegar la ejecución de esa orden o si es necesario, antes de que se p r o n u n c i e e l E s t a d o d e e j e c u c i ó n , q u e é s t e s o l i c i t e i n f o r m a c i ó n complementaria al Estado emisor. También se aborda la actuación exigible a los dos Estados intervinientes, desde la perspectiva del principio de reconocimiento mutuo y confianza recíproca entre los Estados miembros de la Unión y los límites de aplicación de estos principios, cuando se pueda producir en el Estado emisor un trato penitenciario inhumano o degradante para el reclamado. Igualmente, se especifican los estándares concretos que deben seguir los Estados miembros y qué actuación les es exigible para constatar la existencia de ese trato. Asimismo, se reflejan y valoran las posibilidades, que la sentencia analizada deja al Estado de ejecución, respecto de la decisión de la entrega, en función de la contestación ofrecida por el Estado emisor. Se sistematiza el régimen que debe presidir la prisión provisional del reclamado, mientras se tramita la orden europea de detención. Y finalmente, se reflexiona sintéticamente, sobre el principio del deber de seguimiento, que tendría que ser considerado como un principio básico en los procedimientos extradicionales y en los de la orden europea de detención