La protección de la integridad personal

  1. Raúl Canosa Usera
Revista:
Revista de Derecho Político

ISSN: 0211-979X

Año de publicación: 2017

Título del ejemplar: Monográfico con motivo del XL aniversario de la Constitución Española (I)

Número: 100

Páginas: 257-310

Tipo: Artículo

DOI: 10.5944/RDP.100.2017.20700 DIALNET GOOGLE SCHOLAR

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Resumen

El artículo pretende analizar la evolución de la protección de la integridad personal en España desde la aprobación de la Constitución de 1978 hasta el presente. En primer lugar, se aborda el contexto en el que la Constitución fue aprobada y las opciones que al constituyente se le abrían. Se destaca que por primera vez en España se reconocía un específico derecho a la integridad, lo que no es habitual, al lado de la tradicional prohibición de torturas y penas o tratos inhumanos o degradantes que arrancó ya con la constitución de 1812. Era necesario analizar la protección de la integridad en el Derecho Internacional de los derechos humanos que España ha incorporado a su Orden jurídico, así como la Carta de Derechos fundamentales de la Unión Europea Que sí proclama el derecho a la integridad. En este sentido es destacable como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha inferido el derecho a la integridad de la forma más generosa a través de una interpretación evolutiva del derecho a la vida privada. Sin embargo, no es fácil determinar ni cuál es el bien jurídico protegido ni cuáles las posiciones iusfundamentales que contiene; es decir, qué se protege y cuáles son las situaciones de la vida cuya vulneración el titular del derecho puede defender, llegado el caso, activando la labor tutelar de los tribunales. Por ello ha sido fundamental también el intenso desarrollo legislativo que lo ha concretado en diversos sectores del ordenamiento así como las medidas de protección en favor de los más vulnerables.

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