La inviabilidad como presupuesto de la resolución de las Entidades de crédito a la luz de la Ley 11/2015 de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. Primera Aproximación

  1. Isabel Fernández Torres
Aldizkaria:
Documentos de trabajo del Departamento de Derecho Mercantil

Argitalpen urtea: 2015

Zenbakia: 95

Mota: Laneko dokumentua

Laburpena

La Ley 11/2015 de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de inversión deroga parcialmente la Ley 9/2012 y establece un nuevo marco regulador en el que se contempla un procedimiento específico –de carácter administrativo- de reestructuración para aquellas entidades inviables o que prevean que puedan serlo en un plazo de tiempo razonable para aquellas entidades para las que los procedimientos concursales no sean útiles. La inviabilidad constituye el eje en torno al cual gira el procedimiento de resolución y a ella dedicamos este primer análisis.