Crónica jurídica

  1. Omar Bouazza Ariño 1
  1. 1 Universidad Complutense de Madrid
    info

    Universidad Complutense de Madrid

    Madrid, España

    ROR 02p0gd045

Revista:
Ciudad y territorio: Estudios territoriales

ISSN: 1133-4762

Año de publicación: 2018

Número: 196

Páginas: 395-397

Tipo: Artículo

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Información de financiación

En cualquier caso, el órgano con competencia para llevar a cabo la tarea es la Comisión de Coordinación Intersectorial (»la Comisión», en adelante»), dependiente de la consejería de ordenación del territorio y urbanismo. Se trata de una decisión lógica pues desde este depar-tamento de la Administración se podrá ofrecer la visión amplia del conjunto de los intereses que concurren en el territorio. Así, el objetivo de este órgano es el de integrar los intereses de los organismos sectoriales con el interés global de los planes generales municipales y los planes territoriales. La Comisión está llamada a jugar un papel muy importante en circuns-tancias de discrepancia o de solapamientos de políticas territoriales a implementar. Para ello, dispone de la facultad ex lege de ordenar que los informes de coordinación establezcan las medidas necesarias con la finalidad de superar dichas discrepancias y poder continuar con el procedimiento (art. 3.2).