Protección de datos en el ámbito sanitario en España. Normativa

  1. Gemma García Candas 1
  2. Mª Georgina Domínguez Menéndez 1
  3. Yolanda García Álvarez 1
  1. 1 Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)
    info

    Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)

    Oviedo, España

Revista:
Enfermería integral: Revista científica del Colegio Oficial de Enfermería de Valencia

ISSN: 0214-0128

Año de publicación: 2018

Número: 119

Páginas: 72-75

Tipo: Artículo

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Resumen

En ámbito sanitario se manejan diariamente una gran cantidad de datos personales, siendo especialmente importantes y sensibles para el paciente, por lo que es de suma importancia que el personal que los maneja respete la normativa existente en protección de datos. En la mayoría de las ocasiones, la vulneración de los profesionales sanitarios del derecho a la protección de datos se produce por la ignorancia de dicho derecho fundamental. La protección de datos es un derecho fundamental, recogido en la Constitución Española en el artículo 18 y regulado por la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). En España la autoridad que se encarga de que se cumpla la Ley Orgánica de Protección de Datos, es la Agencia Española Protección Datos. Sin embargo algunas Comunidades Autónomas han aprobado normas sobre protección de datos personales y han creado autoridades de control autonómicas como Madrid, Cataluña y el País Vasco. La LOPD (R.D. 1720/2007) establece la obligación para todas las organizaciones de poner en marcha diversas medidas destinadas a garantizar la protección de dichos datos. Los datos de salud se consideran datos de protección alta, por lo que las sanciones económicas aplicadas pueden ser muy elevadas