Las condenas no pecuniarias

  1. TAPIA FERNANDEZ, ISABEL
Dirigida por:
  1. Miguel Ángel Fernández López Director/a

Universidad de defensa: Universitat de les Illes Balears

Año de defensa: 1983

Tribunal:
  1. Gregorio Delgado del Rio Presidente/a
  2. Miguel Ángel Fernández López Secretario/a
  3. Andrés de la Oliva Santos Vocal
  4. Jorge Carreras Llansana Vocal
  5. Fernando Jiménez Conde Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 7864 DIALNET

Resumen

Las condenas no pecuniarias. El proceso de ejecución de sentencias firmes de condena tiende a actuar las sanciones de que se ha hecho merecedor el deudor incumplimiente lo que significa traducir en acto lo declarado en la ejecutoria. Cuando la ejecutoria contiene una condena de dar hacer o no hacer el proceso de ejecución debe tender antes que nada a conseguir al acreedor ejecutante su especifico bien aquello a lo que tiene derecho; el resarcimiento de perjuicios por lo tanto solo deberá tener lugar cuando la restitución in natura sea física o jurídicamente imposible y no cuando el deudor opte por ese resarcimiento pecuniario.