El daño ambiental no patrimonial (un análisis de su tratamiento jurisprudencial)

  1. YANGUAS MONTERO, GUILLERMINA
Dirigida por:
  1. Juan Cadarso Palau Director/a
  2. Carlos de Miguel Perales Codirector/a

Universidad de defensa: Universidad Pontificia Comillas

Fecha de defensa: 20 de diciembre de 2005

Tribunal:
  1. Mariano Yzquierdo Tolsada Presidente
  2. Iñigo Alfonso Navarro Mendizábal Secretario/a
  3. Juan Alberto Díez Ballesteros Vocal
  4. Luis Fernando Reglero Campos Vocal
  5. Rosa María de Couto Gálvez Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 134147 DIALNET

Resumen

La tesis doctoral que lleva por título "El daño ambiental no patrimonial (Un análisis de su tratamiento jurisprudencial)" tiene por objeto el estudio y sistematización de los pronunciamientos jurisprudenciales en los que se indemnizan los menoscabos sufridos por una persona en su esfera extrapatrimonial como consecuencia de una alteración ambiental. Para la delimitación de esta clase de perjuicios, ha resultado preciso el examen, como aspectos preliminares, de los conceptos de daño ambiental y de daño no patrimonial. Partiendo de este análisis, se ha realizado una primera aproximación al concepto de daño ambiental no patrimonial y se han justificado los motivos que recomiendan el empleo de esta terminología para denominar a una categoría de perjuicios que se sitúa en una zona de intersección entre los daños ambientales y los no patrimoniales. Esta circunstancia determina que los daños ambientales no patrimoniales participen de los caracteres propios de ambas clases de perjuicios. Este estudio preliminar se ha completado con el examen de las líneas por las que discurre, fuera de nuestras fronteras y, en particular, en los sistemas alemán, francés, italiano, inglés y americano, el reconocimiento del daño ambiental no patrimonial y su indemnización. Del máximo interés ha resultado la experiencia de otros países, como es el caso de Italia, cuyos Tribunales se han pronunciado de forma reiterada sobre estos menoscabos, o la situación en Alemania, en donde existe una regulación expresa de determinados daños medioambientales en una norma de responsabilidad medioambiental, como es la Ley de 10 de diciembre de 1990, tras la reforma del derecho de daños operada por la Segunda Ley de modificación de determinados preceptos de la indemnización de daños y perjuicios de 19 de junio de 2002. Ya en el ámbito del Derecho español, la revisión de los abundantes pronunciamientos jurisprudenciales dictados sobre la materi