Régimen jurídico de la denominación de origen

  1. García Egea, Isidro J.
Dirigida por:
  1. Francisco José Alonso Espinosa Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 29 de junio de 2002

Tribunal:
  1. Alberto Bercovitz Rodríguez-Cano Presidente/a
  2. José Antonio López Pellicer Secretario/a
  3. Mercedes Sánchez Ruiz Vocal
  4. Juana Pulgar Ezquerra Vocal
  5. Guillermo Alcover Garau Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 88641 DIALNET

Resumen

Precisar el concepto de Denominación de Origen impone la previa concreción del significado y características de las denominaciones geográficas en general y de sus diferentes modalidades, así como de relevancia jurídica, precisando cuáles son los intereses protegidos y los distintos sistemas para su protección. En este punto, se propone definir la Denominación de Origen como "la denominación geográfica de un país, región o localidad que sirva para designar un producto cuya calidad y características se deben exclusiva o fundamentalmente al medio geográfico, comprendiendo los factores naturales y los factores humanos". Esta definición, básicamente, inspirada en la del Arreglo de Lisboa, permite considerar los elementos que caracterizan la denominación de origen y su relación y diferencias con los intentos de definición habidos en el plano nacional y en el ámbito comunitario. Se estudian los requisitos que un signo debe reunir para poder ser considerado Denominación de Origen, tanto los implícitos en su propio concepto, como los impuestos por la legislación nacional y comunitaria, así como los límites que ésta última prevé. Seguidamente, se aborda el discutido tema de la titularidad y naturaleza de la Denominación de Origen y su relevancia jurídica, para lo cual se parte de considerar la D.O., como un bien de dominio público inmaterial de uso restringido a determinados colectivos y de la consecuente necesaria distinción entre derecho "sobre" la Denominación de Origen y derecho "a" la Denominación de Origen. No obstante sus rasgos comunes con los institutos de la Propiedad Industrial, la Denominación de Origen tiene una especial naturaleza como signo de calidad vinculada al origen geográfico, cumpliendo una función esencial diferente a la de los signos distintivos, aunque sea también indicativa e identificadora en el mercado. Así ocurre en el Derecho español, en el francés o en el comunitario,