Articulación procesal de acciones individuales y colectivas en defensa de los consumidores a la luz del Derecho de la Unión

  1. Aguilera Morales, Encarnación
Revista:
REDE. Revista española de derecho europeo

ISSN: 1579-6302

Año de publicación: 2017

Número: 63

Páginas: 111-127

Tipo: Artículo

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Resumen

En materia de cláusulas suelo la ST-JUE (Gran Sala) de 21 de diciembre parece haber eclipsado la totalidad del firmamento jurídico. Sin desmerecer la importancia de esta resolución, interesa también otorgársela a otra Sentencia, algo anterior en el tiempo y, como aquélla, de notables repercusiones procesales. Aludimos a la STJUE de 14 de abril de 2016. En ella el Tribunal de Luxemburgo enfrentó la cuestión de si anudar a las acciones colectivas ejercitadas en defensa de los consumidores un efecto prejudicial suspensivo y automático respecto de las acciones individuales era conforme con el Derecho de la Unión. Su respuesta fue negativa. Pero, la virtualidad de la STJUE de 14 de abril fue más allá: sus términos sirvieron al Tribunal Constitucional para sostener que tanto la suspensión de la acción individual en favor de la acción de cesación como su exclusión y archivo vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva ; sirvieron al Tribunal Supremo para negar que lo decidido en el proceso colectivo alcanza a los consumidores no parte en este proceso con efectos de cosa juzgada; y sirven a todos para corroborar que, como otras muchas cuestiones en las que está implicado el principio de efectividad, la articulación de las acciones colectivas e individuales queda en verdad extramuros de la autonomía procesal de los Estados miembros.

Referencias bibliográficas

  • CACHÓN CADENAS, M., y REYNAL QUIROL, N., «Concurrencia de acciones colectivas y acciones individuales para la protección de derechos e intereses de consumidores y usuarios», Revista Jurídica de Cataluya , 2015 (2), pp. 144 a 150.
  • DE LA OLIVA SANTOS, A., Objeto del proceso y cosa juzgada en el proceso civil , Thomson-Civitas, Cizur Menor, 2005, p.267.
  • DÍEZ-PICAZO GIMÉNEZ, I., «Comentario al artículo 43», en Comentarios a la Ley de Enjuiciamiento Civil , Civitas, Madrid, 2001, p.160.
  • LÓPEZ SÁNCHEZ, J., «Las relaciones entre las acciones colectivas e individuales: el precedente sentado por la sentencia del TJUE de 14 de abril de 2016», (Ponencia presentada al Segundo encuentro anual del Spanish Hub del European Law Institute, celebrado en Granada el 9 de mayo de 2017). Inédito.
  • ORTELLS RAMOS, «Litigiosidad masiva y proceso civil», en El proceso civil ante el reto de un nuevo panorama socioeconómico (Dir. García-Rostán Calvín y Sigüenza López), Aranzadi, Cizur Menor, 2017, pp. 236 y 237.
  • PLANCHADELL GARGALLO, A., Las «acciones colectivas» en el ordenamiento jurídico español , Tirant lo Blanch, Valencia, 2014, pp. 214 y ss.
  • ROCA TRÍAS, E., y GARCÍA COUSO, S., «¿Es real el diálogo entre Tribunales? Cuestión prejudicial y control de constitucionalidad por vulneración de derechos fundamentales», UNED, Teoría y Realidad Constitucional , núm.39, 2017, p.529
  • TAPIA FERNÁNDEZ, I., El objeto del proceso. Alegaciones. Sentencia. Cosa juzgada , La Ley, Madrid, 2000, p.13;