La transferencia internacional de datos con terceros Estados en el nuevo Reglamento europeoEspecial referencia al caso estadounidense y la Cloud Act

  1. Clara Isabel Cordero Álvarez 1
  1. 1 Universidad Complutense de Madrid
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    Universidad Complutense de Madrid

    Madrid, España

    ROR 02p0gd045

Revista:
REDE. Revista española de derecho europeo

ISSN: 1579-6302

Año de publicación: 2019

Número: 70

Páginas: 49-107

Tipo: Artículo

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Resumen

El nuevo Reglamento de protección de datos unifica la normativa europea (y su interpretación) en esta materia, estableciéndose un único sistema para todo el Espacio Económico Europeo; lo que sin duda revierte en una mayor seguridad jurídica. Además, con la ampliación del alcance espacial se asegura que se apliquen las mismas reglas tanto a las empresas europeas como aquellas domiciliadas en terceros Estados, si suministran bienes y servicios o vigilan la conducta de los ciudadanos europeos. Es evidente que el nuevo instrumento supone un significativo avance legislativo respecto de la anterior normativa, donde las transferencias internacionales de datos son la pieza clave. Ahora bien, cabe plantearse si este marco normativo es suficiente para asegurar que este tipo de operaciones se realice con las máximas garantías cuando tengan por destino un tercer Estado. En particular, pese a los avances conseguidos, el futuro de las transferencias desde la UE a EEUU se manifiesta incierto con los mecanismos existentes; más aún con la aprobación de la conocida como Cloud Act.

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