La subsidiariedad como principio de filosofía social y el método comunitario de la Unión Europea

  1. FERREIRA LOPES, DIMAS
Dirigida por:
  1. Eloy Rodríguez Navarro Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 04 de noviembre de 2005

Tribunal:
  1. José Miguel Marinas Herreras Presidente
  2. Emilio Garcia Garcia Secretario/a
  3. Jorge Pérez de Tudela Vocal
  4. Luis Enrique de Santiago Guervós Vocal
  5. Eduardo Antonio Fraile González Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 131120 DIALNET

Resumen

La arquitectura del proyecto de la Unión Europea tiene por sí misma luz jurídica. La tiene, sin embargo, en un nuevo Derecho, llamado "Comunitario", fundamentado en la aplicación práctica del "principio de subsidiariedad", principio éste que permite el "compartir soberanía". La ineficiencia de las organizaciones políticas del Estado, experimentada hasta el comienzo del siglo XXI, imponía un cambio de orientación ideológica, en el que se diera la sustitución del predicativo de la "superioridad", contenido en el concepto de soberanía absoluta formulado por J. Bodin, por un nuevo valor-paradigmático. Ahora bien, hasta entonces la ideología de la justificación gubernamental se centraba en el concepto clásico de "soberanía absoluta indelegable", concepto que se ha revelado insuficiente para impedir las estadísticas de miseria, terrorismo y guerras. La existencia de problemas seculares crónicos, derivados de la noción de "superioridad", no disuadió a los idealistas. Resueltos en desenredarlos, los países-miembros, por medio de sus gobiernos, se valieron de la estrategia "constructivista" para implantar la experiencia práctico-aplicativa del principio de subsidiariedad en su dimensión de "lo inédito". Se exigieron, por eso, las providencias y desembarazos rápidos y de bulto. Toda obra de vanguardia, no obstante, requiere eludir los temores y sostener una firmeza de propósito para afrontar las cuestiones contemporáneas. Era hora de "desabsolutizar" esta "indelegable soberanía". El modelo tradicional del Estado necesitaba ser reconfigurado en nombre de la dignidad humana, una e indivisible, y, por eso, inherente a todas las creaturas. Precisaba emerger un modelo estatal que contemplara al hombre como ciudadano del mundo, no condescendiente con la riqueza de unos pocos y la miseria de muchos otros, ni con la postura, poco responsable, de ciertos países en el trato de las cuestiones ambientales, de seguridad y de mercado (Interest hom