La directiva comunitaria desde la perspectiva constitucional

  1. ALGUACIL GONZÁLEZ-AURIOLES, JORGE
unter der Leitung von:
  1. José Antonio López Pina Doktorvater/Doktormutter

Universität der Verteidigung: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 26 von Juni von 2002

Gericht:
  1. Raúl Morodo Leoncio Präsident
  2. Carlos de Cabo Martín Sekretär
  3. Miguel Angel García Herrera Vocal
  4. Oscar Alzaga Villaamil Vocal
  5. Ignacio Gutiérrez Gutiérrez Vocal

Art: Dissertation

Teseo: 88293 DIALNET

Zusammenfassung

El orden europeo incide en el ordenamiento interno estatal, lo que impone necesariamente la conveniencia de articular mecanismos de coordinación entre ambos órdenes jurídicos. Mas para llevar a término tal tarea parece necesario partir de la sólida construcción del Estado constitucional como tipo ideal, que contrasta por la experimentalidad del Derecho comunitario. En cualquier caso, la cooperación se convierte en el paradigma de nuestros tiempos e impone un vínculo entre estos dos órdenes. Al efecto, existe una figura jurídica comunitaria, la directiva, que quizá pudiera contribuir al logro de ciertos equilibrios entre el orden europeo y el constitucional de los Estados miembros, en cuanto asumiera una cierta respuesta a su crisis interna. Si llegara a constituirse en un modelo de ley para el viejo continente, quizá contribuyera a dotarle de una estructura jurídico-política que pudiera conciliarse con la del tipo Estado constitucional; al igual que la ley del orden constitucional podría considerarse también desde las perspectivas formal y material. Además, la noción de ley de la Constitución española de 1978 tiene en cuenta el modelo territorial descentralizado que de ella emerge; su propia formación se articula a partir de principios semejantes a los del proceso europeo de formación de Derecho y ciertos elementos racionalizadores del sistema han convertido en relativamente viable el conflicto modelo y le han dotado de cierta estabilidad. Así, ciertos argumentos formados en torno a nuestro modelo territorial podrían ser útiles para inspirar la construcción jurídica europea, particularmente la legislación compartida y la interpretación que de este particular binomio normativo realiza la doctrina y el Tribunal constitucional. A raíz de ello se plantean ciertas analogías que acaso pudieran indicar ciertas pautas de orden a reorientar la práctica de la directiva. La directiva podría configurarse así a modo d