Regimen juridico del contrato de franchising

  1. HERNANDO GIMENEZ, AURORA
unter der Leitung von:
  1. Evelio Verdera Tuells Doktorvater

Universität der Verteidigung: Universidad Complutense de Madrid

Jahr der Verteidigung: 1997

Gericht:
  1. Rafael García Villaverde Präsident
  2. María de la Sierra Flores Doña Sekretärin
  3. Manuel Olivencia Vocal
  4. Justino F. Duque Domínguez Vocal
  5. Giuseppe Fauceglia Vocal

Art: Dissertation

Teseo: 59380 DIALNET

Zusammenfassung

El contrato de franchising se presenta en nuestro derecho como de carácter atípico y mixto, cuya validez descansa en el art. 1.255 c.Cv; siendo así, habrá de estarse a las declaraciones de voluntad de las partes que incorporan un régimen jurídico per se, de las cuales se desprende que con dicho contrato lo que se persigue es la cesión de un derecho para la explotación de un patrimonio empresarial que es propio, particular del franchisor, por el que - previamente transmitido al franchisee - se habilite a este para actuar en el trafico como "empresa franquiciada", y a cambio de un precio cierto. Considerando que se trata de una transmisión parcial, habremos de estar, como régimen supletorio, a las normas establecidas en nuestro ordenamiento para este tipo de transmisiones, cual es el contrato de arrendamiento -arts. 1.542 y ss. C.Cv. (y por remisión, a veces a la c-v), siempre en atención al bien sobre el que dicha operación recae (un bien complejo compuesto por una serie de elementos patrimoniales de carácter material e inmaterial, pero dotados de una peculiar organización, implícita en el know-how). Acantua dicha mixturala existencia de prestaciones de asistencia técnica/comercial y de colaboración, a veces combinadas con obligaciones de "no hacer", y todo ello en consideración al logro de la finalidad económica perseguida, que consiste en la creación de lo que se denomina "unidad económica integrada" (aspecto funcional del contrato).