Las empresas de trabajo temporal en el derecho español
- ROBLES ARAUJO, JULIAN
- Juan Antonio Sagardoy Bengoechea Director/a
Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid
Año de defensa: 1997
- Alfredo Montoya Melgar Presidente
- Alberto Cámara Botía Vocal
- José Manuel del Valle Villar Vocal
- Iñigo Sagardoy de Simón Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El carácter constitutivo de la ley de empresas de trabajo temporal implica que la regularidad en la constitución y funcionamiento de estas, que ejercen sus derechos y obligaciones tanto en el ámbito del derecho del trabajo como del derecho administrativo y en el civil y mercantil, da lugar a una nueva modalidad de contratacion.La titularidad de la prestación personal, en virtud de la llamada triangularidad del trabajo temporal, y la titularidad de los frutos del trabajo, pasa a ser de un tercero, distinto del empleador, que es la empresa usuaria que realiza con la ett el contrato de puesta a disposición. El nexo entre la usuaria y el trabajador ya no es relacion de empleo, aunque si es laboral. La nueva figura crea unas obligaciones nuevas entre las partes, inexistentes como típicas antes de la publicación de la lett y es aplicable solo a los supuestos recogidos en la referida lett.