La imperatividad como atributo jurídico sustancial

  1. NIEVES NIETO NURIA DE
Zuzendaria:
  1. Consuelo Martínez-Sicluna Sepúlveda Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 1997(e)ko abendua-(a)k 18

Epaimahaia:
  1. Angela Sanchez de Vera Torres Presidentea
  2. José Ignacio Busto San Ramón Idazkaria
  3. Carlos de Villamor Maquieira Kidea
  4. Pedro de Vega García Kidea
  5. Fco. Javier Caballero Hamul Kidea
Saila:
  1. Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho

Mota: Tesia

Teseo: 65171 DIALNET

Laburpena

La imperatividad como carácter del derecho se distingue de otros cercanos, como obligatoriedad o coactividad, con los que está ciertamente relacionada. Tras un previo tratamiento de la doctrina histórica acerca de la imperatividad jurídica, se propone una caracterización de ésta mediante la conjunción de tres elementos: prescriptividad, obligatoriedad y racionalidad. La investigación concluye que el derecho es imperativo en tanto en cuanto es prescriptivo, obligatorio y racional. La imperatividad puede encontrarse implícita en sus normas (imperativos stricto sensu) o resultar de forma derivada (imperativos lato sensu) por su relación con los imperativos stricto sensu.