La dimensión laboral del empresario marítimo
- MELENDEZ MORILLO VELARDE, LOURDES
- César Miñambres Puig Directeur
Université de défendre: Universidad Complutense de Madrid
Fecha de defensa: 19 juin 2001
- Alfredo Montoya Melgar President
- Alberto Cámara Botía Secrétaire
- José Ignacio García Ninet Rapporteur
- Antonio Vicente Sempere Navarro Rapporteur
- Pedro Luis Galán Urbano Rapporteur
Type: Thèses
Résumé
La presente Tesis Doctoral analiza la figura del empresario maritimo desde la perspectiva del Derecho del Trabajo. Con ese objeto, se parte del analisis de la empresa maritima tanto en el ambito del Derecho mercantil como en el ambito del Derecho laboral, incidiendo de manera especial en el buque como elemento configurador de la empresa en los dos ambitos en los que se analiza esta. Asimismo, se trata de dilucidar si el buque cumple en todo caso la condicion de ser un centro de trabajo tal y como lo establece el articulo 1.5 del Estatuto de los Trabajadores. Seguidamente, se aborda el analisis de la figura del empresario maritimo, incidiendo principalmente en los diferentes modos de adquirir tal condicion de empresario maritimo a traves de la explotacion del buque, asi como en los elementos que en el orden laboral le configuran como tal empresario. Por ultimo, se aborda el problema de la identificacion juridica del empresario laboral maritimo en supuestos especificos. Partiendo de la premisa de que el maritimo es un ambito en el que es una practica habitual la contratacion de trabajadores a traves de sujetos interpuestos se analiza aquí su naturaleza juridica para, de esta forma, indentificar al verdadero empleador. Otra de las cuestiones que ocupa un lugar relevante en la ultima parte de este estudio, es la relativa a las practicas de transferencia del buque titularidad de un empresario maritimo a otro sujeto cuando ese traspaso va acompañado de la transmisión de los servicios de la tripulacion. Se trata aquí de clarificar si dicho traspaso del buque es subsumible en los supuestos de subrogacion empresarial conforme al articulo 44 del Estatuto de los Trabajadores.