Las formas de manifestacion del consentimiento para obligarse por tratados internacionalesanalisis de la practica española

  1. PASTOR PALOMAR, ANTONIO
Dirigida por:
  1. Luis Ignacio Sánchez Rodríguez Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 26 de febrero de 2000

Tribunal:
  1. Manuel Pérez González Presidente/a
  2. José Carlos Fernández Rozas Secretario
  3. Javier Díez-Hochleitner Rodríguez Vocal
  4. Antonio Remiro Brotóns Vocal
  5. Alejandro J. Rodríguez Carrión Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 76019 DIALNET

Resumen

Del analisis de la práctica española se desprende que nuestro pais concurre como otros en la creación de formas innovadoras de manifestacion del consentimiento para obligarse por tratados internacionales; a saber, el silencio o la no objeción, la unanimidad, el consenso, la adpción sin voto, el voto por una determinada mayoría. Lo que algún autor anglosajón ha denominado "prolpsis" o manifestación del consentimiento de manera anticipada, y un conjunto de notificaciones de la expresión del consentimiento a ciertas Organizaciones internacionales o determinados órganos de aquellas. Además, España utilizada las formas típicas. Enunciadas en el art. 11 de las dos Convenciones sobre el Derecho de los Tratados de 1980 y 1986, de acuerdo con las pautas marcadas enla práctica internacional para un funcionamiento propio y adecuado de aquellas. El régimen jurídico de todas estas formas se completa con el derecho español, cuyo cumplimiento condiciona el empleo de las mismas. Sin embargo, el derecho español no resulta lo suficientemente preciso debido entre otras razones a una regulación dispersa en varios textos legales. En cualquier caso, las exigencias del derecho interno no han supuesto un obstaculo para la existencia en la práctica española de una pluralidad de formas que funcionan bajo los principios de igualdad y de libertad de formas.