Estudio sobre el concepto de imputabilidad en el derecho penal español

  1. GONZALEZ GONZALEZ VICTOR JOAQUIN
Dirigida por:
  1. Emilio Octavio de Toledo Ubieto Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Año de defensa: 1993

Tribunal:
  1. Horacio Oliva García Presidente
  2. Manuel Gurdiel Sierra Secretario
  3. Juan Carlos Carbonell Mateu Vocal
  4. Gonzalo Quintero Olivares Vocal
  5. Bernardo del Rosal Blasco Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 37866 DIALNET

Resumen

La imputabilidad en sentido subjetivo fue completamente desconocida en España hasta que Luis Silvela introdujera en 1874 los conceptos de sujetos imputables e inimputables. Este hecho significo la superación del carácter histórico de la locura con que operaron tanto el legislador como los comentaristas del código penal de 1848 y fue debido al surgimiento del individuo como concepto abstracto del origen revolucionario, así como a las doctrinas de la antropología criminal, tendentes al ensanchamiento de la locura. Se produjo un intenso debate conducente a una síntesis en la que se afianzaron las categorías indicadas, que no evito, sin embargo, las contradicciones inherentes a la pretendida pero no lograda conciliación. En este proceso es de destacar la "campaña forense", en la que participaron activamente los frenópatas y los médicos ante el foro, preparando la llegada de las nuevas doctrinas. En los años de fin de siglo el concepto de responsabilidad atenuada, producto tardío de la frenopatía y la campaña forense, servirá de punto de reunión entre medicina y derecho, dando lugar al concepto de semiinimputabilidad, igualmente desconocido hasta entonces.