La reforma constitucional y la constitucion argentina

  1. DIAZ RICCI, SERGIO
Dirigida por:
  1. Pablo Lucas Verdú Director

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Año de defensa: 1988

Tribunal:
  1. Pedro de Vega García Presidente
  2. Raúl Leopoldo Canosa Usera Secretario
  3. Francisco Fernández Segado Vocal
  4. Angela Sanchez de Vera Torres Vocal
  5. Alfonso Padilla Serra Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 18317 DIALNET

Resumen

Estudio teórico y metodológico sobre la reforma constitucional y análisis crítico del procedimiento de revisión constitucional en argentina. La noción de poder constituyente (primigenio y de reforma) es una idea operativa referida a la soberanía popular en una actividad de normación constitucional. El poder constituyente de reforma pertenece al pueblo que se exterioriza a través de las formas preestablecidas. Las normas del procedimiento de revisión significan normas de oferta para una generación constituyente ulterior que, por un acto de autoobligación, conforman su actuación a ellas por razones de previsibilidad y seguridad jurídicas. La observancia de las reglas de revisión funda la validez (legalidad, legitimidad y eficacia) de las nuevas normas constitucionales. El procedimiento de reforma constitucional debe articular la intervención popular y la actuación de un cuerpo de representantes, lo que suele desenvolverse en cuatro fases: iniciativa, conformación del cuerpo de representantes, elaboración normativa por la instancia representativa, y ratificación popular final. Los limites expresos a la reforma son jurídicamente significativos como mecanismos retardadores de la revisión de los contenidos protegidos. Las reglas de procedimiento y las clausulas de intangibilidad sirven como indicadores de la regularidad formal y, en su caso, material para un eventual control de constitucionalidad de una reforma. El impreciso procedimiento de reforma constitucional previsto en la constitución argentina ha revelado su inanidad practica. Una próxima revisión constitucional debe conformarse a las reglas del articulo 30 integradas con medidas complementarias que superen las dificultades, resultando además indispensable que, a la vez, se detalle y flexibilice el procedimiento de reforma argentino mediante una revisión que permita una mayor participación popular y de las provincias como estados miembros de una federación.