La evolución de la teoría de los fines en el matrimonio canónico

  1. MARTI SANCHEZ JOSE M.
Dirixida por:
  1. Isidoro Martín Sánchez Director

Universidade de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Ano de defensa: 1989

Tribunal:
  1. José Luis Santos Díez Presidente/a
  2. Agustín Motilla de la Calle Secretario/a
  3. Carlos Corral Salvador Vogal
  4. Dionisio Llamazares Fernández Vogal
  5. Alfredo García Gárate Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 21599 DIALNET

Resumo

Las fuentes judeo-paganas priman la procreación y desconfían de la sexualidad. S. Agustín da la primera visión completa del matrimonio cristiano, y la resume en los tres bienes. La procreación es además el fin de la institución. La edad media profundiza en el matrimonio: perfila la teoría de los fines-sobre todo la prole y el remedio-, tiende a contractualizarlo y posterga lo afectivo. T. Sánchez tiene en cuenta los valores de convivencia y amistad conyugal y la distinción entre derecho y su uso. El catecismo de Trento inicia una corriente magisterial integradora. El código de 1917 recoge por primera vez los tres fines jerarquizados (c.1013) muy influido por Gasparri y la doctrina del s. XIX. Para la jurisprudencia y la interpretación mayoritaria el único fin con relevancia jurídica es el reproductor. Una primera reacción es la personalista. El vaticano ii la acoge al ocuparse del matrimonio y sus principios parte de la integridad de la persona y del amor conyugal. La jurisprudencia inmediata sigue esas directrices y se fija en la communistas omnis vitae y en la relación interpersonal. La revisión codicial incorpora el nuevo enfoque y establece una segunda ordenación del matrimonio al bien de los cónyuges.