La responsabilidad civil en el artículo 1591 del Código Civil español
- José Sebastián Martín Blanco Director
Universidade de defensa: Universidad Complutense de Madrid
Ano de defensa: 1986
- Jose Beltran de Heredia Presidente/a
- Manuel Albaladejo García Secretario
- Manuel García Amigo Vogal
- José Luis Lacruz Berdejo Vogal
- Manuel Cuadrado Iglesias Vogal
Tipo: Tese
Resumo
La tesis que se presenta tiene por finalidad razonar la inadecuación a la realidad actual del art. 1591 -y consecuentemente de sus concordantes del C.C. Español. Por ello se postula la necesidad de reformar los citados preceptos y el establecimiento en ellos de los distintos tipos de responsabilidad a lo largo del proceso edificatorio -contractual y extracontractual- desde su inicio -contratación- hasta su terminación -aceptación y recepción- por el comitente. En tal reforma según el autor deben regularse: a) los conceptos de ruina y daños menores teniendo en cuenta a tal efecto la doctrina y la jurisprudencia; b) contemplar exhaustivamente los sujetos intervinientes sus atribuciones y responsabilidades tanto si intervienen directamente o no en el proceso edificatorio; c) establecer distintos plazos de prescripción según los daños para el ejercicio de la acción; d) implantar un sistema de aseguramiento obligatorio en el proceso constructivo conexo con esta reforma.