Medios de resolución extrajurisdiccional de conflictos en el derecho de seguros

  1. GISBERT ZAMORA, MARTA
Dirigida por:
  1. Silvia Barona Vilar Director/a

Universidad de defensa: Universitat de València

Fecha de defensa: 23 de marzo de 2007

Tribunal:
  1. Juan Montero Aroca Presidente/a
  2. Jesús Olavarría Iglesia Secretario/a
  3. Julio J. Muerza Esparza Vocal
  4. Andrés de la Oliva Santos Vocal
  5. Juan Bataller Grau Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 136993 DIALNET

Resumen

El ciudadano en muchos ámbitos de su vida tiene necesidad de asegurarse, de poner lo inseguro en el puesto de lo seguro, y ello porque la ley lo impone o simplemente porque quiere, para ello se dirige a una compañía de seguros a contratar un seguro en la que en la mayoría de ocasiones resulta de difícil comprensión para el asegurado y a raíz del cual surgirá una relación duradera basada en la confianza. El contrato de seguro reviste de una especiales características que implica necesariamente reclamar una concreta tutela a quienes contratan con una entidad aseguradora, dotada de una complicada organización de mucha mayor envergadura de la que pueda tener el asegurado o tomador del seguro. Sin duda, se trata de un mundo complejo desconocido para los ciudadanos, generador de una gran conflictividad y lleno de lagunas para los tribunales, siendo únicamente las empresas aseguradoras las que dominan. En muchas ocasiones debido a la excesiva lentitud de los órganos judiciales, al elevado coste que supone acudir a los tribunales, tanto que en ocasiones es más el coste económico de acudir a los mismos que el valor de la pretensión, junto al poder económico que ostentan las entidades aseguradoras, resulta francamente difícil que el asegurado pueda ejercitar su pretensión ante el tribunal. Esto, unido a la posición de parte débil que ostenta el asegurado en los contratos de seguros, y al hecho de que sobre él pueda recaer la condición de consumidor, ha despertado un gran interés de los poderes públicos por promover nuevos cauces de solución de conflictos ajenos la vía judicial. Así pues, la propia naturaleza conflictiva del contrato del seguro, la importancia de la actividad, de los riesgos asumidos y del mantenimiento del equilibrio entre las partes intervinientes en la relación contractual motivaron la necesidad de una actuación pública para responder a la preocupación por la tutela de los asegurados. Es necesario y se requiere que el asegu