La gestión urbanística de las operaciones de reforma interiorlos programas de actuación integrada de renovación urbana
- GARCIA PASTOR, MARTA
- José María Baño León Director
Universidad de defensa: Universitat de València
Fecha de defensa: 22 de octubre de 2005
- Rafael Gómez-Ferrer Morant Presidente
- Juan Francisco Mestre Delgado Secretario/a
- Fernando Romero Saura Vocal
- Juan Climent Barberá Vocal
- Francisco Taberner Pastor Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El objeto de la Tesis es analizar la figura de los Programas de Actuación Integrada, como forma de ejecutar el planeamiento urbanístico de renovación urbana por medio de una empresa a la que la legislación atribuye las facultades de diseñar la actuación (mediante la presentación de proyectos de planeamiento), gestionar la reparcelación y ejecutar las obras de urbanización a cargo de los propietarios del suelo. Tiene dos partes: un análisis de los antecedentes históricos y un análisis del régimen jurídico actual de lo que hemos llamado "Programas de Actuación Integrada de Renovación Urbana". A) En la parte histórica se ha analizado la legislación urbanística de reforma interior desde mediados del siglo XIX hasta el presente, y su aplicación en la práctica, con carácter general, y, particularmente, en el término de Valencia. Se describe cómo surgen las primeras reformas interiores y los primeros intentos de establecer para ellas un régimen jurídico, haciendo especial alusión a la "Teoría de la viabilidad urbana y la reforma de Madrid" (1861) de Ildefonso Cerdá, a la Ley de expropiación Forzosa de 1879 y a la Ley de Saneamiento y Mejora Interior de Grandes Poblaciones de 1895. Éstas dos últimas leyes regulan por primera vez la posibilidad de ejecutar actuaciones urbanísticas de reforma interior mediante la expropiación por zonas (afectando las plusvalías que se generan en los ámbitos renovados a la financiación de la reforma) y la opción de trasladar la responsabilidad pública de ejecutar el planeamiento a empresas privadas con capacidad de inversión. Analizados los libros de Actas de los órganos de Gobierno del Ayuntamiento de Valencia y los expedientes de Policía Urbana obrantes en el Archivo Histórico Municipal, se constata la no aplicación de la figura del concesionario de la expropiación. La expropiación por zonas se va asumiendo paulatinamente como forma de gestión del suelo urbano,