La libre formación de la conciencia del menor

  1. PUENTE ALCUBILLA, VERONICA
Dirigida por:
  1. José María Contreras Mazarío Director

Universidad de defensa: Universidad Carlos III de Madrid

Fecha de defensa: 20 de diciembre de 1999

Tribunal:
  1. Dionisio Llamazares Fernández Presidente
  2. Jorge Caffarena Laporta Secretario/a
  3. Gustavo Suárez Pertierra Vocal
  4. Luis María López Guerra Vocal
  5. Luis Mariano Cubillas Recio Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 80053 DIALNET

Resumen

El objetivo de este trabajo es el de hacer un estudio de la libre formación de la conciencia del menor en clave de conflicto entre sujetos interesados, para poder ofrecer, desde el punto de vista de Derecho Eclesiastico y de los derechos del niño, vias de solución a los problemas que se plantean en el momento formativo de la conciencia de los menores. En primer lugar se trata de fijar que se entiende por libre formación de la conciencia. En segundo lugar se establece el marco jurídico del reconocimiento de los derechos del niño y concretamente de la libertad de opción en materia de convicciones en el Ordenamiento Juridico Español. En tercer lugar se trata la perspectiva histórica de la formación de la conciencia historica del menor en España y como se configura la libre formación de la conciencia para el caso de los menores en el ordenamiento juridica vigente en España, teniendo en cuenta que es anterior en el tiempo a la elección por parte del menor de sus convicciones,pero que no puede perder de vista ese derecho. Finalmente se observan los ámbitos en los que se garantiza la libre formación de la conciencia, ya sea de modo negativo, esto es, con una ausencia de injerencia, como de modo positivo, con una actuación positiva o promocional. Se establecen a lo largo de todo el trabajo,comparaciones con las soluciones que se han dado en la legislación y práctica administrativa y jurisprudencial de otros paises, fundamentalmente de la Union Europea.